Ayuntamiento de Marchamalo
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De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y Reglamento 3/1985, de 7 de junio, de Jueces de Paz, se hace saber que se va a proceder a la elección de Juez de Paz Sustituto, entre las personas que reuniendo las condiciones legales así lo soliciten.
Las instancias podrán presentarse en la Secretaría del Ayuntamiento de Marchamalo durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Marchamalo a 31 de enero de 2013.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.