Ayuntamiento de Alocén
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ANUNCIO
Transcurrido el plazo de exposición al público, sin que se hayan presentado reclamaciones, quedan elevados a definitivos los acuerdos provisionales de este Ayuntamiento, de fecha 26 de marzo de 2013, publicados en el BOP n.º 43, de fecha 10 de abril de 2013, por los que se aprueba la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, que se publican como anexo al presente edicto.
Contra los referidos acuerdos definitivos podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir de la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Alocén, 13 de mayo de 2013.– El Alcalde, Jesús Ortega Molina.
ANEXO
ACUERDOS:
PRIMERO. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos con la redacción que a continuación se recoge, que modifica parte del epígrafe segundo del artículo 6 en los siguientes términos:
Artículo 6.º.- Tarifas. Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
Epígrafe segundo:
Por utilización del resto de las instalaciones deportivas municipales, con independencia del número de jugadores, que será el máximo permitido en cada juego:
- Resto de instalaciones: 5,00 €.
- Pista de tenis: 5,00 €.
- Pista de padel: 6,00 €.
La presente modificación entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.