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Viernes, 17 Mayo 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el 177.2 de la mencionada Ley, y artículo 20.3, en relación con el 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público que por el Pleno de este Ayuntamiento, con fecha 25 de marzo de 2013, se aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos 1/2013, modalidad créditos extraordinario (BOP núm. 43, de fecha 10 de abril de 2013) que afecta al vigente presupuesto, que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo.

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Ayuntamiento de Chiloeches

 

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ANUNCIO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el 177.2 de la mencionada Ley, y artículo 20.3, en relación con el 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público que por el Pleno de este Ayuntamiento, con fecha 25 de marzo de 2013, se aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos 1/2013, modalidad créditos extraordinario (BOP núm. 43, de fecha 10 de abril de 2013) que afecta al vigente presupuesto, que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo.

Dicho expediente modifica el crédito en las partidas del estado de gastos del presupuesto que a continuación se indica, por importe de 18.000,00 euros:

Crédito extraordinario

Partida

Denominación

Modificación

1.76

Servicios Públicos Básicos. Transferencias de capital

Eficiencia alumbrado. N.º de obra FA.M-2012/23

Renovación de redes. N.º de obra PP.V-2012/93

18.000,00

4.000,00

14.000,00

Total Crédito extraordinario

18.000,00

La modificación se financia con baja la aplicación presupuestaria 9.10 -actuaciones de carácter general. Gastos de personal. Órganos de gobierno y personal directivo-, por importe de 18.000,00 euros.

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de abril, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOP.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Chiloeches a 6 de mayo de 2013.– El Alcalde, César Urrea Miedes.

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