Urbanismo e Infraestructura
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Ntra./Ref.: O.E. 86/11
Por el presente le comunico que con fecha 28/11/2012, el Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda en virtud de la delegación conferida por el Alcalde-Presidente con fecha diecisiete de junio de dos mil once, ha dictado la siguiente resolución:
A la vista del expediente instruido para proteger la legalidad urbanística en razón del estado de las edificaciones ubicadas en la calle Arcipreste de Hita, n.º 42, que cuenta también con fachada a la calle Calnuevas, finca con referencia catastral n.º 6482513VK8968S0001PE, y
RESULTANDO: Que con fecha 31/08/11 se notificó a Inmobiliaria Infantado Alcarreña, S.L. Decreto de fecha 22/08/11 por el que se le ordenaba la ejecución, en el plazo de siete días, de las obras consistentes en la retirada de revocos de la fachada que se encuentran desprendidos, tanto en la fachada principal como en la posterior, así como el tabicado de la ventada posterior por donde puede accederse al interior del edificio, todo ello al objeto de evitar el peligro que supone la caída de cascotes a la calle y el acceso al edificio; asimismo, se les requería para que procedieran en el plazo de dos meses a solicitar licencia aportando proyecto redactado por Técnico Competente, para realizar las reparaciones de dicho edificio, tendentes a devolverle las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, así como las requeridas para la habitabilidad y el uso efectivo, obras que consistirán, al menos, en el retejado general de la cubierta, y en la reparación de aleros, sustituyendo los elementos que se encuentren en mal estado, pudiendo en el plazo citado solicitar la declaración de ruina del inmueble si consideraba que ese era su estado.
RESULTANDO: Que Inmobiliaria Infantado Alcarreña, S.L. sí dio cumplimiento a la retirada de revocos y al tabicado de huecos, no así a la presentación de proyecto para rehabilitar el edificio o a la solicitud de declaración de ruina.
CONSIDERANDO: Que desde entonces se han creado nuevos accesos al edificio, lo que dado su estado actual representa un peligro.
CONSIDERANDO: Lo dispuesto en los artículos 137, 139, y 142 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, y los artículos 66 y siguientes del Decreto 34/2011, de 26 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, por el presente, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por la delegación conferida por la Alcaldía con fecha 17 de junio de 2011, HE RESUELTO:
Primero.- Ordenar a Inmobiliaria Infantado Alcarreña, S.L., con NIF B19158666, que proceda, en el plazo de TRES DÍAS, al tabicado de todos los huecos de planta baja del edificio sito en la calle Arcipreste de Hita, n.º 42, c/v a la calle Calnuevas, finca con referencia catastral n.º 6482513VK8968S0001PE, al objeto de impedir el acceso a su interior; advirtiéndole que de no realizar lo ordenado en el plazo indicado, se procederá a la ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento a costa de la propiedad.
Asimismo se podrán imponer hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor mínimo, cada una de ellas, del diez por ciento del coste estimado de las obras ordenadas. El importe de las multas coercitivas impuestas quedará afectado a la cobertura de los gastos que genere efectivamente la ejecución subsidiaria de la orden incumplida, sin perjuicio de la repercusión del coste de las obras en el incumplidor.
Segundo.- Iniciar el procedimiento de declaración de ruina de la finca sita en la calle Arcipreste de Hita, n.º 42, c/v a la calle Calnuevas, finca con referencia catastral n.º 6482513VK8968S0001PE.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 67 del Decreto 34/2011, de 26 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, adjunto se le remite copia de la integridad del expediente hasta el momento tramitado y se le concede plazo de diez días para que alegue y presente por escrito los documentos y justificaciones que estime pertinentes en defensa de sus derechos.
De presentar alegaciones de carácter técnico, estas deberán estar suscritas por Técnico Competente.
Asimismo, al figurar en nuestros datos como propietario de la finca, se le requiere para que en el citado plazo de diez días, facilite la relación de moradores y personas titulares de derechos reales sobre el inmueble, si los hubiere.
Contra el apartado Primero que pone fin a la vía administrativa, puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente en el plazo de un mes o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Guadalajara, en el plazo de dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación o cualquier otro recurso que estime pertinente.
Contra el apartado Segundo le significo que, por ser este un acto de trámite, no cabe interponer contra el mismo recurso alguno.
La presente notificación se practica a Inmobiliaria Infantado Alcarreña, S.L. por medio de edictos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tras dos intentos infructuosos de notificación en la Plaza Capitán Boixareu Rivera número 2, 19001 Guadalajara.
Guadalajara, 8 de mayo de 2013.– La Secretaria General en funciones, Elena Martínez Ruiz.