Ayuntamiento de Albares
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Albares sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de la piscina municipal, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
“Artículo 6.- Cuota Tributaria.
Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
1. Abonos:
- Abono individual: 45 euros.
- Abono familiar (para familias hasta con un hijo): 60 euros.
- Abono familiar (para familias a partir de dos hijos): 65 euros.
- Abono de mayores de 65 años (individual de mayores de 65 años): 15 euros.
2. Bonos 10 baños:
- Infantiles (menores de 15 años): 17 euros.
- Adultos (mayores de 14 años): 27 euros.
3. Entrada días laborables:
- Infantiles: 1,80 euros.
- Adultos: 2,90 euros.
4. Entrada sábados y festivos:
- Infantiles: 2,80 euros.
- Adultos: 4,20 euros.
5. Bonos de 5 entradas sábados y festivos:
- Infantiles (menores de 15 años): 13 euros.
- Adultos (mayores de 14 años): 20 euros.
6. Bono mixto de 5 entradas laborales más dos festivos:
- Infantiles (menores de 15 años): 13 euros.
- Adultos (mayores de 14 años): 21 euros.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Albares a 12 de junio de 2013.– La Alcaldesa, Josefa Sánchez Jiménez.