Ayuntamiento de Valdeaveruelo
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BAJA DE OFICIO POR CADUCIDAD EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES
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De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al haber resultado infructuoso el intento de notificación a los interesados en el último domicilio conocido, se hace público el contenido de la Resolución de Alcaldía, de fecha 3 de junio de 2013 y cuyo tenor literal es el siguiente:
“Resultando que, con fecha 21 de enero de 2013, este Ayuntamiento recibió comunicación del Instituto Nacional de Estadística con la incidencia 111 en la cola de errores de los ficheros de intercambio mensual relativos a los Extranjeros no Comunitarios sin Autorización de Residencia Permanente para los que en tres meses se cumpla la fecha de caducidad de la inscripción.
Resultando que, con fecha 30 de enero de 2013, se preavisó de que disponían de plazo hasta el día 2 de mayo de 2013 para renovar sus inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes y no ser causa de baja en el mismo por caducidad de su inscripción.
Concluido el plazo establecido, no se han llevado a cabo las renovaciones de la inscripción, lo que es motivo de baja en el Padrón Municipal de Habitantes por caducidad.
Visto el informe de Secretaría de fecha 13 de mayo de 2013 y según lo establecido en los artículos 16 y 21.1 s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y, Resolución de 28 de abril de 2005 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de la Cooperación Local.
Visto el informe de los Servicios Municipales en el que se constata que:
- Lauane Morais Rodrigues de Navarro.
- Raphael Navarro de Carvahlo.
no residen en España desde hace al menos un año, y que tampoco reside K.N. de M., menor de edad, representado por los anteriores, y resultando, por tanto, imposible la notificación personalmente
RESUELVO
PRIMERO. Dar de baja en de la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio de los siguientes interesados:
- Lauane Morais Rodrigues de Navarro.
- Raphael Navarro de Carvahlo.
- K. N. de M. (representado por los anteriores).
SEGUNDO. Notificar la resolución a los cesados, junto con los recursos pertinentes, mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
TERCERO. Comunicar al INE las correspondientes bajas para que este realice las alteraciones oportunas.”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Valdeaveruelo, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Valdeaveruelo a 3 de junio de 2013.– El Alcalde, Alberto Cortés Gómez.