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Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
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Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
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Cuenca
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Durón
Embid
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Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
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Fuentelsaz
Fuentelviejo
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Jirueque
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Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
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Malaguilla
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Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
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Miércoles, 17 Julio 2013 00:00

Mancomunidad de Aguas del Sorbe

3272

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE OFICIAL C1 POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICICIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA

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Mancomunidad de Aguas del Sorbe

 

3272

ANUNCIO

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 27 de junio de 2013, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir una plaza de vacante en la plantilla de esta entidad, mediante sistema de concurso-oposición.

Las bases reguladoras que regirán la convocatoria se detallan a continuación:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE OFICIAL C1 POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICICIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA

PRIMERO.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de una plaza que se incluye en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2010, aprobada por la Junta de Gobierno de fecha 30 de septiembre de 2010, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º 120, de fecha 6 de octubre de 2010, cuyas características son:

- Grupo: C; Subgrupo C1; Clasificación: Administración Especial; Subescala: Servicios Especiales; Clase: Personal de Oficios; Número de vacantes: 1.

El sistema selectivo es de concurso-oposición, de conformidad con lo previsto en el artículo 65.3 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha.

SEGUNDO.- Condiciones de admisión de aspirantes.

Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:

a) Ser funcionario de carrera de la Mancomunidad de Aguas del Sorbe, perteneciendo a la Escala de Administración Especial, Subescala: Servicios Especiales, Clase: Personal de Oficios y Subgrupo de Clasificación “C2”, del artículo 76, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y 26 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha.

b) Tener una antigüedad de, al menos, dos años en la Escala de Administración Especial, Subescala: Servicios Especiales, Clase: Personal de Oficios y Subgrupo de Clasificación “C2”, el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, según lo dispuesto en el artículo 76 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

c) Estar en alguna de estas situaciones:

C.1.- Estar en posesión o en condiciones de obtener, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título técnico superior, o equivalente, en alguna de las áreas de conocimiento que se detallan a continuación:

Electricidad, electrónica.

Equipos e instalaciones electrotécnicas.

Soldadura y calderería - Construcciones metálicas.

Instalación y mantenimiento electromecánico.

Montaje y mantenimiento de instalaciones frío-calor.

Operaciones de proceso en planta química - Química ambiental.

Sistemas de regulación y control automático.

Producción por mecanizado.

Mantenimiento de equipos industriales.

Mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso.

C.2.- Tener una antigüedad de diez años en la Escala de Administración Especial, Subescala: Servicios Especiales, Clase: Personal de Oficios, y Subgrupo de Clasificación “C2”.

D) Permiso en vigor de conducción de vehículos categoría B.

TERCERO.- Forma y plazo de presentación de instancias.

Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases aprobadas (anexo II). Deberán acreditarse, junto con la solicitud, los méritos que se presenten para valorar en la fase de concurso, mediante documento original de los mismos o fotocopia compulsada ante funcionario habilitado para ello. Los certificados que deban emitirse por la Mancomunidad de Aguas del Sorbe deben solicitarse en el modelo del Anexo III.

Las solicitudes se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad de Aguas del Sorbe y se presentarán en el Registro de entrada en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

En relación con la presentación, habrá que estar a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica, insertándose, además, un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

CUARTO.- Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos en dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de Aguas del Sorbe y la sede electrónica. Contra esta Resolución, podrán presentarse reclamaciones un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOP.

Transcurrido el plazo de subsanación por la Presidencia, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y en el tablón de anuncios y en la sede electrónica www.aguasdelsorbe.es. En la misma publicación, se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse la primera prueba.

Los sucesivos llamamientos y convocatorias y, en definitiva, cualquier decisión que adopte el Tribunal de selección y que deba conocer el personal aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas o, en su caso, la fase de concurso, se expondrán en el tablón de anuncios de la sede de la Mancomunidad de Aguas del Sorbe, sita en Guadalajara c/ Alcarria, n.º 16, en la fecha que se inicie, como notificación a todos los efectos.

QUINTO.- Tribunal calificador.

El Tribunal, así como sus suplentes, estará constituido por el Presidente/a, cuatro Vocales y el Secretario, que actuará con voz pero sin voto. Su composición se ajustará a los principios de imparcialidad, objetividad, profesionalidad y especialización de sus miembros, debiendo adecuarse, en la medida de lo posible, a la paridad entre hombre y mujer. La constitución del Tribunal de publicará con la lista provisional de admitidos.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente y del Secretario, o de quienes, en su caso, los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros, siéndole aplicable supletoriamente el régimen previsto en el Título II, Capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, para los Órganos Colegiados.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del Tribunal tendrán la categoría tercera recogida en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, a efectos de la percepción de las correspondientes dietas.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.

SEXTO.- Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

- Oposición.

- Concurso.

La fase de oposición será previa a la del concurso. Consistirá en la realización de dos pruebas eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.

En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “G” (Resolución de 13/12/2012 de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha), en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “H”, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “I” y así sucesivamente.

FASE DE OPOSICIÓN:

El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 75 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 37,5 puntos.

Los ejercicios son los siguientes:

PRIMER EJERCICIO: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 35 preguntas del temario común y específico incluido en el Anexo I, durante el tiempo máximo de 40 minutos. Se propondrán adicionalmente 5 preguntas en reserva, que se utilizarán en caso de anulación de alguna de las treinta y cinco primeras, que los aspirantes deberán responder obligatoriamente en el tiempo máximo indicado.

SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos determinados momentos antes por el Tribunal calificador de entre las materias específicas incluidas en el temario específico del Anexo I, en un tiempo máximo de 90 minutos. En ese mismo momento, se otorgará la valoración máxima de cada supuesto planteado por el Tribunal y se comunicará a los aspirantes.

Los ejercicios tienen carácter eliminatorio, siendo necesario superar cada uno de ellos para pasar al siguiente.

- El primer ejercicio tendrá una duración de 40 minutos y se calificará con un máximo de 35 puntos, siendo necesario, para aprobar, obtener una calificación de 17,5 puntos.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente, se valorará en positivo con 0,5 puntos; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,2 puntos.

- El segundo ejercicio tendrá la duración que determine el Tribunal, siendo esta, como máximo, de 90 minutos, y se calificará con un máximo de 40 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 20 puntos.

La puntuación de este ejercicio se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas.

La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios.

FASE DE CONCURSO:

A los aspirantes que hayan superado la oposición, se les valorará hasta un máximo de 25 puntos en la fase de concurso los méritos que aleguen, de los descritos a continuación:

Méritos computables:

a) Titulación:

a.1) Por estar en posesión del título de Formación Profesional de Grado Medio en las especialidades requeridas para el ingreso: 2 puntos.

a.2) Por estar en posesión del título de Formación Profesional de Grado Superior en las especialidades requeridas para el ingreso: 3 puntos.

Si se estuviera en posesión de la titulación de Grado Superior, no se calificará la titulación de Grado Medio.

La acreditación de estos méritos deberá realizarse mediante la aportación de fotocopia compulsada en la MAS del título acreditativo, para lo que se deberá entregar original y fotocopia.

b) Valoración del trabajo desarrollado:

b.1.) Por experiencia en el desempeño de puestos de trabajo clasificados en el subgrupo C1, mediante sustituciones durante los últimos cinco años, a razón de 0,2 puntos por mes, hasta un máximo de 1 punto.

b.2) Por cada año completo de servicio prestado en algún puesto de trabajo de la Estación de tratamiento de Agua Potable o de la Sección de Mantenimiento de Redes, a razón de 0,3 puntos por año, hasta un máximo de 9 puntos.

b.3) Por antigüedad en las Administraciones Públicas, a razón de 0,4 puntos por año, hasta un máximo de 12 puntos.

La acreditación de estos méritos deberá realizarse mediante la aportación del certificado acreditativo.

c) Cursos de formación y perfeccionamiento:

Únicamente se valorarán aquellos cursos relacionados con las funciones propias de la plaza a que se opta, impartidos u homologados por las Administraciones Públicas o por los promotores incluidos en los Acuerdos Nacionales de Formación Continua y hasta un máximo de 5 puntos, conforme al siguiente baremo:

• Por cada curso de 15 horas lectivas: 0,3 puntos.

• Por cada curso de 16 a 40 horas lectivas: 0,6 puntos.

• Por curso de más cuarenta horas lectivas: 1 punto.

• Por curso impartido por MAS de 50 o más horas: 3 puntos.

La acreditación de estos méritos deberá realizarse mediante la aportación de fotocopia compulsada en la MAS del título acreditativo, para lo que se deberá entregar original y fotocopia. Los cursos impartidos por promotores incluidos en los Acuerdos Nacionales de Formación Continua en las Administraciones Públicas, sólo serán válidos cuando sean organizados al amparo de dichos acuerdos, en cuyo caso, el diploma o certificado acreditativo del curso deberá mencionar expresamente esta circunstancia.

No serán objeto de valoración la asistencia o participación en jornadas, seminarios y en aquellos cursos de duración inferior a quince horas.

El tiempo prestado en comisión de servicios será computado como desempeñado en el puesto de destino.

No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados, de modo que, el mismo período, no podrá computar al mismo tiempo en el apartado b1 y b2.

SÉPTIMO.- Calificación total.

La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios correspondientes, a la que se adicionará la obtenida en la fase de concurso, resultando así la calificación final y el orden de puntuación.

En el caso de empate, se resolverá conforme al orden de los siguientes criterios:

1º.- Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

2º.- Mayor puntuación obtenida en el apartado de méritos considerados sucesivamente según el orden de la base sexta.

3º.- Sorteo al que serán convocados los aspirantes empatados con asistencia del Secretario de la Corporación.

OCTAVO.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados, por orden de puntuación, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación, que la publicará, una vez realizado el nombramiento, en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara,

El aspirante propuesto aportará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales, desde la publicación de la lista definitiva de aprobados en el tablón de anuncios y sede electrónica, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

La resolución de nombramiento será adoptada por la Presidencia a favor de los aspirantes propuestos por el Tribunal, quienes deberán tomar posesión dentro del plazo que se establezca, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

NOVENO.- Oferta de puestos.

En el supuesto de existir vacantes de los puestos ofertados en el último concurso de provisión de puestos del subgrupo C1, se propondrán estos al aspirante seleccionado para su adjudicación con carácter definitivo.

En el supuesto de no existir vacantes de los puestos ofertados en el último concurso de provisión de puestos C1, el aspirante seleccionado será adscrito provisionalmente a alguno de los puestos vacantes surgidos con posterioridad al concurso mencionado y se encuentren dotados presupuestariamente.

Tras la adscripción provisional, se convocará concurso de provisión de puestos de trabajo C1, en el que tendrán prioridad aquellos participantes que tuvieren la condición de funcionarios pertenecientes al subgrupo C1, con anterioridad a este proceso selectivo, y reúnan el resto de requisitos para participar.

DÉCIMO.- Incidencias.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer, por los interesados, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Junta de Gobierno, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio-extracto en el Boletín Oficial del Estado (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

ANEXO I

PROGRAMA

Materias comunes:

Tema 1.- La Constitución española de 1978. Estructura. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales.

Tema 2.- La Jefatura del Estado: Funciones constitucionales del Rey. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento.

Tema 3.- El Gobierno y la Administración. La Administración central del Estado. El Consejo de Ministros. Los Ministros. La Administración Periférica del Estado.

Tema 4.- Las competencias estatales en materia de agua. La legislación estatal en materia de aguas.

Tema 5.- La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias.

Tema 6.- El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha: Las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. La Organización Territorial de la Región. Las competencias de la Junta de Comunidades.

Tema 7.- La legislación autonómica de Castilla-La Mancha en materia de aguas.

Tema 8.- Régimen local español. Principios constitucionales. La provincia en el régimen local. Organización provincial y competencias. Los municipios y sus competencias.

Tema 9.- Las mancomunidades: constitución, composición y competencias.

Tema 10.- Personal al servicio de la entidad local. La función pública local y su organización: clasificación, selección y situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios locales.

Tema 11.- Incompatibilidades. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las entidades locales.

Materias específicas:

1.- Abastecimiento de agua (captación, transporte, tratamiento y distribución).

2.- Principales unidades de medida eléctrica.

3.- Nociones sobre aparamenta de maniobra.

4.- Grados y modos de protección de aparatos eléctricos.

5.- Infraestructuras de transporte de agua en la MAS.

6.- Infraestructuras de potabilización de agua en la MAS.

7.- Infraestructuras de regulación y control en la MAS.

8.- Tipos de tuberías y sus materiales.

9.- Tipos de válvulas y aplicaciones.

10.- Tipos de uniones y aplicaciones.

11.- Tipos de bombas y aplicaciones.

12.- Circuitos eléctricos y esquemas.

13.- Curvas características de una bomba.

14.- Tipos de redes de abastecimiento de agua.

15.- Elementos en redes de distribución: tuberías, bombas, válvulas, ventosas, desagües, piezas especiales, etc.

16.- Redes de transporte de agua. Cortes de arterias. Orden de cierre en un corte y de apertura en un restablecimiento.

17.- Instalación de redes de abastecimiento. Materiales empleados.

18.- Conocimientos básicos sobre obra civil. Zanjas, colocación de tuberías, reposición, formación de arquetas, etc.

19.- Nociones básicas de soldadura. Tipos de soldadura y sus aplicaciones.

20.- Automatismos e instrumentación en una red de abastecimiento de agua.

21.- Tipos de depósitos. Limpieza y desinfección.

22.- Almacenamiento, manipulación, preparación y dosificación de reactivos.

23.- Nociones sobre contaminación del agua y parámetros indicadores de la misma.

24.- Procesos que componen una línea de tratamiento.

25.- Conocimientos básicos sobre unidades, valores típicos y evolución de los procesos de tratamiento de aguas potables.

26.- Puntos de muestreo, tomas de muestras y conservación de las mismas.

27.- Normas e instrucciones complementarias del reglamento electrotécnico de baja tensión.

28.- Conocimientos sobre máquinas y herramientas utilizadas en el mantenimiento mecánico y eléctrico.

29.- Lubricación. Tipos de lubricantes y su utilización.

30.- Conocimientos básicos de informática bajo windows.

31.- Prevención de riesgos laborales.

32.- Normativa sobre aguas potables.

3272.ai

3272.ai

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Junta de Gobierno, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 14.1, regla segunda, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Guadalajara a 1 de julio de 2013.– El Presidente, Jaime Carnicero de la Cámara.

Información adicional

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