Ayuntamiento de El Casar
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Atendiendo que no se han podido practicar las notificaciones de las resoluciones de alcaldía a los titulares de los vehículos abandonados en la vía pública y en el depósito municipal de vehículos, de acuerdo con lo previsto en los artículos 59.4), 59.5) y 59.6) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con el presente anuncio se comunica a las personas abajo relacionadas el contenido de las resoluciones:
PRIMERO. Requerir a los titulares relacionados más abajo para que en el plazo de quince días procedan a retirar los vehículos del depósito, previo pago de las tasas y la sanción correspondiente.
SEGUNDO. Si los titulares en el plazo de quince días no se personan o no retiran los vehículos del depósito, declarar como residuos sólidos urbanos los vehículos relacionados más abajo e iniciar el correspondiente procedimiento sancionador.
TERCERO. Notificar los titulares que el vehículo ha sido declarado residuo sólido urbano y que se va a proceder a su tratamiento como tal, incoándose el correspondiente procedimiento sancionador.
CUARTO. Entregar el residuo para su tratamiento a un centro autorizado de tratamiento para su descontaminación o en una instalación de recepción, instando al centro para que proceda de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre Gestión de Vehículos al Final de su Vida Útil, y el artículo segundo de la Orden INT/624/2008, de 26 de febrero, por la que se regula la Baja Electrónica de los Vehículos Descontaminados al Final de su Vida, emita:
- Certificado de destrucción.
- Tramite baja electrónica definitiva del vehículo en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
Expediente |
Titular |
Marca, modelo y matrícula |
Fecha resolución |
RDV017/2010 |
FRANCISCO GODOY ARREBOLA |
NISSAN PRIMERA M-3148-MC |
16/09/13 |
RDV007/2013 |
MARTIN PEREZ SANTIAGO CANDIDO |
VOLVO 850 M-3359-OJ |
16/09/13 |
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de El Casar, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En El Casar a 17 de septiembre de 2013.– El Alcalde, Pablo Sanz Pérez.