Ayuntamiento de Almonacid de Zorita
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ANUNCIO
En cumplimiento de la sentencia número 145, de fecha 29 de abril de 2013, dictada por la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, por medio del presente se reproduce íntegra y literalmente el fallo de la misma:
“FALLAMOS: que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Telefónica Móviles España, S.A.U. contra la ordenanza aprobada por el Ayuntamiento de Almonacid de Zorita, reguladora de la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública (D.O.P. de Guadalajara de 21 de septiembre de 2009), y debemos declarar y declaramos la nulidad como el alcance y términos expuestos en el Fundamento de Derecho número Tercero de la presente resolución judicial. Sin costas.
Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de casación en el plazo de diez días.”
En Almonacid de Zorita a 26 de septiembre de 2013.– El Alcalde, Rafael Higuera Fernández.