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Lunes, 18 Julio 2016 12:20

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2108

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la utilización temporal o esporádica de locales y útiles municipales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

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Ayuntamiento de Arbancón

 

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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la utilización temporal o esporádica de locales y útiles municipales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

«Ar­tícu­lo 2. Ámbito de aplicación.

Las normas de las presente Ordenanza serán de aplicación a todos los locales, instalaciones y útiles de titularidad municipal susceptibles de utilización por particulares y asociaciones, siempre que no cuenten con una Ordenanza específica del mismo objeto o la utilización del local, edificio o instalación municipal estuviere regulada por un contrato específico.

Quedan dentro del ámbito de aplicación los siguientes:

- Sala Centro Joven.

- Sala Casa de las Asociaciones.

- Sala Multiusos Colegio.

- Salón de Actos de la Casa Consitorial.

- Salón del Mueso Historia y Costumbres.

- Útiles: Sillas, tableros y borriquetas.

- Parque de Zarzabala.

Del mismo modo, queda fuera del ámbito objetivo de la presente Ordenanza la utilización de locales, edificios o instalaciones municipales cuando esta estuviere regulada por ley.»

Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla La-Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el ar­tícu­lo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Arbancón a 14 de julio de 2016.– El Alcalde, Gonzalo Bravo Bartolomé.

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  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Arbancón
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