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Miércoles, 22 Abril 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1580

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 16 de marzo de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 3/2015 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente contenido:

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Ayuntamiento de Chiloeches

 

1580

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En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 16 de marzo de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 3/2015 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente contenido:

Aplicación pptaria.

Denominación

Modificación

160.225

Servicios públicos básicos. Tributos

132.008,92

160.352

Servicios públicos básicos. Intereses de demora.

12.143,24

165.22100

Servicios públicos básicos. Gastos en bienes corrientes y servicios

6.900,85

320.22799

Producción de bienes públicos de carácter preferente. Gastos en bienes corrientes y servicios

508,20

332.22100

Producción de bienes públicos de carácter preferente. Gastos en bienes corrientes y servicios

6.312,32

338.22699

Producción de bienes públicos de carácter preferente. Gastos en bienes corrientes y servicios

10.441,40

932.22708

Actuaciones de carácter general. Gastos en bienes corrientes y servicios

37.569,98

Total

205.884,91

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Chiloeches, documento firmado electrónicamente.

El Alcalde.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Chiloeches
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