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Lunes, 18 Agosto 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL Servi­cio DE CEMENTERIO Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL

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Ayuntamiento de Saúca

 

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Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de abril de 2014, relativo a la aprobación provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación del servi­cios de cementerio municipal y aprovechamiento especial de dominio público en el cementerio municipal de Saúca, y no habiéndose presentado reclamación alguna, quedan elevados automáticamente a definitivos dichos acuerdos, de conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 17.4 del citado Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, como anexo a este anuncio, se publica el texto de la citada ordenanza.

Contra dicho acuerdo definitivo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Saúca a 29 de julio de 2014.– El Alcalde, Eduardo Álvarez Feito.

Anexo I

MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL Servi­cio DE CEMENTERIO Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL

Ar­tícu­lo 3. Cuota tributaria.

Tasas por concesión de fosas durante 50 años:

a) Empadronados (con una antelación mínima de un año al fallecimiento. Se incluyen en este apartado a las personas que hubieran estado empadronadas en la localidad en los dos años anteriores al fallecimiento).

- Fosas de tres cuerpos: 1.000 €

b) No empadronados:

- Fosas de tres cuerpos: 1.700 €

El resto de las disposiciones de la ordenanza vigente no sufren ninguna variación. La presente modificación entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

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