Ayuntamiento de Horche
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A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177 de la misma, en relación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, de desarrollo de la Ley anterior, se hace público para general conocimiento que por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2014, se adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente de modificación de créditos n.º 6 (concesión de crédito extraordinario y suplemento de crédito) que afecta al vigente presupuesto, con arreglo al siguiente resumen por capítulos:
Suplementos en aplicaciones de gastos |
||
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
150.203 |
Maquinaria, instalaciones y utillaje |
6.000,00 |
161.221 |
Material, suministros y otros |
7.000,00 |
161.227 |
Material, suministros y otros |
2.000,00 |
165.227 |
Material, suministros y otros |
5.000,00 |
169.221 |
Material, suministros y otros |
2.000,00 |
230.220 |
Material de oficina |
1.000,00 |
230.222 |
Comunicaciones |
400,00 |
230.227 |
Admón. general servicio sociales |
12.000,00 |
230.231 |
Locomoción |
300,00 |
320.227 |
Trabajos otras empresas |
5.000,00 |
332.221 |
Suministros |
15.000,00 |
335.227 |
Artes escénicas |
1.000,00 |
338.227 |
Fiestas populares y festejos |
10.000,00 |
342.227 |
Instalaciones deportivas |
4.000,00 |
440.227 |
Trabajos otras empresas |
4.500,00 |
330.48 |
Admón. general cultura |
3.000,00 |
TOTAL |
78.200,00 |
2.º- FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia mediante el citado remanente de tesorería para gastos generales existente en la liquidación del Presupuesto del ejercicio de 2013, en los siguientes términos:
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
870.1 |
Remanente de Tesorería para gastos generales |
635.403,13 |
Contra el referido acuerdo definitivo podrán interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses a contar desde el siguiente día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, las personas y Entidades a que hacen referencia los artículos 63.1 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local y 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos únicamente enumerados en el número 2 del citado artículo 170.
Horche a 23 de diciembre de 2014.– El Alcalde.