Ayuntamiento de Cendejas de Enmedio
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Anuncio DE APROBACIÓN definitiva
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario, fecha 14 de noviembre de 2014, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 2/2014, para inversiones económicamente sostenibles de acuerdo con la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en la modalidad de crédito extraordinario con cargo al superávit presupuestario del ejercicio anterior, que se hace público resumido por capítulos:
Presupuesto de ingresos |
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CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN INICIAL |
CONSIGNACIÓN DEFINITIVA |
8 |
ACTIVOS FINANCIEROS |
0 |
12.117,73 |
Presupuesto de gastos |
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CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN INICIAL |
CONSIGNACIÓN DEFINITIVA |
6 |
INVERSIONES REALES |
0 |
12.117,73 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Cendejas de Enmedio a 29 de diciembre de 2014.– El Alcalde, Ciriaco Cañamares Clemente.