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Miércoles, 01 Octubre 2014 00:00

servicio publico de empleo estatal

3462

REMISIÓN DE NOTIFICACIÓN DE PROPUESTA DE EXTINCIÓN DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO

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3462

REMISIÓN DE NOTIFICACIÓN DE PROPUESTA DE EXTINCIÓN DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO

De conformidad con lo establecido en los ar­tícu­los 58, 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre), se hace pública la notificación de la comunicación sobre extinción de prestaciones por desempleo, a las personas que a continuación se indican, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

DNI

Nombre y apellidos

Motivo

Importe

Período

X9495018-C

CLAUDENEI DA SILVA NOGUEIRA

Salida al extranjero sin permiso

2.144,20 euros

07/12/2012 a 07/05/2013

53021335-X

MARIA ISABEL García SERRANO

Salida al extranjero sin permiso

5.617,80 euros

17/12/2013 a 16/06/2014

X6727726-L

ATINDENG DIATTA

Salida al extranjero sin permiso

1.653,76 euros

06/07/2013 a 21/09/2013

X6940212-P

TERRY ORIS

Salida al extranjero sin permiso

3.635,20 euros

24/12/2011 a 09/09/2012

Como quiera que no comunicó, en el momento en que se produjo, en su Oficina del Servi­cio Público de Empleo Estatal, una situación que habría supuesto la suspensión o extinción de su derecho: Ausencia del territorio nacional, sin que Vd. haya solicitado autorización expresa de salida al extranjero por tiempo no superior a 15 días naturales, por una sola vez cada año, durante la percepción de la citada prestación,

Esta Dirección Provincial entiende que se ha producido un cobro indebido del mencionado derecho, que deberá reintegrar a este Servi­cio Público de Empleo Estatal en la c/c n.º 495103712516550943 de la sucursal del Banco del Santander a nombre de este Organismo, debiendo entregar copia del justificante de ingreso en su oficina del Servi­cio Público de Empleo.

Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizase antes de la apertura de la mencionada vía de apremio, pero con posterioridad a la finalización del plazo de 30 días reglamentario, la cantidad adeudada se incrementará con un recargo del 20%, de acuerdo con lo establecido en el n.º 2 del art. 27 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

De no estar conforme con lo anterior, dispone de un plazo de 15 días para formular, por escrito, ante la Dirección Provincial del Servi­cio Público de Empleo Estatal, las alegaciones que estime convienen a su derecho, de acuerdo con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 37.4 37 del Reglamento General sobre el Procedimiento para la Imposición de Sanciones por Infracciones de Orden Social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo.

Transcurrido dicho plazo, se emitirá la resolución correspondiente.

Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada por la Ley 4/1992, de 13 de enero, y en la Orden de 14 de abril de 1999 de desarrollo de dicho ar­tícu­lo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es de su DNI o NIE.

El Servi­cio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con el ar­tícu­lo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de seis meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el ar­tícu­lo 44.2 de la misma ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el Servi­cio Público de Empleo Estatal puede instar el inicio de un procedimiento si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente, podrá dirigirse a esta unidad administrativa.

En Guadalajara, 18 de septiembre de 2014.– El Jefe de Sección de Prestaciones, Carlos Andrés Viejo Engracia.

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