Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
4575
NIG: 19130 44 4 2014 0000889
N81291
Despido/Ceses en general 675/2014-J
Procedimiento origen:
Sobre despido
Demandante/s: D./D.ª Juan Antonio Viñuelas Romo
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: D./D.ª LAS TRES GES SA, VAL MAYORAL ARRIBAS
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Despido/Ceses en general 675/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Juan Antonio Viñuelas Romo contra LAS TRES GES SA, VAL MAYORAL ARRIBAS, sobre despido, se ha acordado citar a LAS TRES GES, SA, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en este Juzgado para la celebración del acto de conciliación el día 17/12/14, a las 9:40 horas, y al acto de juicio, en su caso, a las 9:45 horas.
A tal efecto se le indica que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (art. 91.2 LPL).
Tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número 2 sito en avenida del Ejército n.º 12, 1.ª planta (Edificio de Servicios Múltiples), de Guadalajara, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a LAS TRES GES, SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a diecinueve de noviembre de dos mil catorce.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.





