Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
4999
NIG: 19130 44 4 2013 0101513
N28150
Despido/Ceses en general 445/2013
Procedimiento origen:
Sobre Despido
Demandante: D./D.ª Carlos Ruano Otero
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado: D./D.ª TREBOL ADA Azuqueca, S.L., Asociación ADA
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de los Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento despido/ceses en general 445/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D./D.ª Carlos Ruano Otero contra la empresa TREBOL ADA Azuqueca, S.L., Asociación ADA, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Asociación ADA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a veinticinco de octubre de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN.
Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.
En Guadalajara a veintitrés de octubre de dos mil trece.
Visto el estado en que se encuentra el presente procedimiento, así como la carta devuelta enviada a la empresa Asociación ADA, envíese nueva citación a la misma por medio de exhorto dirigido al Juzgado de Paz de Azuqueca de Henares, así como por medio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Asimismo cítese al Fondo de Garantía Salarial para la audiencia del día catorce de noviembre de 2013 a las 9:15 horas de su mañana, dándole traslado de demanda.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en la aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El/La Secretario/a Judicial.