Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
2227
NIG: 19130 44 4 2013 0100968
N28150
Procedimiento ordinario 1085/2012
Procedimiento origen:
Sobre ordinario
Demandante/s: D./D.ª Nihael Sandica Miaita
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: D./D.ª Jucan, Gheorghe Alin
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ordinario 1085/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Mihael Sandica Miaita contra la empresa Jucan, Gheorghe Alin, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Jucan, Gheorghe Alin, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a veintidós de mayo de dos mil catorce.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN.
Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.
En Guadalajara a veintidós de mayo de dos mil catorce.
Por haberse cumplido lo acordado como diligencias finales, conforme a lo dispuesto en el art. 88.1 LJS, acuerdo:
Dar traslado a las partes e indicarles que en el plazo de cinco días, pueden examinar los autos en este Juzgado de lo Social n.º 1 para conocer su contenido y alegar por escrito cuanto estimen oportuno acerca de su alcance o importancia.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El/La Secretario/a Judicial.”