Ayuntamiento de Molina de Aragón
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EDICTO
Por acuerdo de la Junta de gobierno local de esta ciudad, en sesión celebrada el día 9 de julio de 2014, se procedió a la aprobación del precio público que ha de regular la tarifa a aplicar por la realización de la actividad de “Campus multideporte”; de conformidad con lo previsto en el art. 70.2 de lo Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se procede a la publicación, como anexo a este anuncio, de la imposición y ordenación del precitado precio público.
Contra el acuerdo definitivo de imposición y ordenación del precio público citado, podrán los interesados presentar recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.
Molina de Aragón, 10 de julio de 2014.– El Alcalde, Jesús Herranz Hernández.
Anexo
BASES REGULADORAS DE PRECIOS Públicos PARA CAMPUS MULTIDEPORTE VERANO
Artículo 1. Concepto.
De conformidad con lo establecido en el artículo 127, en concordancia con los artículos 41 a 47, ambos inclusive, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establecen los precios públicos para la actividad de Campus multideportivo de verano.
Artículo 2. Obligados al pago.
Están obligados al pago del precio público regulado todos los usuarios que quieran participar en la actividad y siguiendo las directrices que el Ayuntamiento establezca para estas actividades.
Artículo 3. Inscripción.
La inscripción en el campus se realizará mediante adjudicación directa de plaza (por orden de llegada). hasta cubrir el máximo de plazas previsto.
Superado dicho máximo, se conformará una lista de espera en base al orden de llegada. Se llamarán a los interesados/as por dicho orden, a medida que existan plazas libres.
Los padres/madres/tutores deberán cumplimentar y firmar la hoja de matrícula y autorización/responsabilidad paterna y efectuar el pago para poder participar en los campus.
Será obligatorio presentar el libro de familia o fotocopia en el momento de la inscripción (retirada de documentación), para beneficiarse de las bonificaciones cuando haya dos o más hermanos/as. Se aplicará la cuota básica (no bonificada) si no se acredita el número de hermanos/as.
Artículo 4. Precios y bonificaciones.
El precio de la cuota de inscripción semanal dependerá del número de semanas a las que se inscriban y del número de hermanos/as que se inscriban.
Se establecen los siguientes precios públicos por semana:
N.º semana |
Precio inicial |
Descuento |
Precio final |
1 |
30 € |
0 € |
30 € |
2 |
60 € |
5 € |
55 € |
3 |
90 € |
10 € |
80 € |
4 |
120 € |
15 € |
105 € |
5 |
150 € |
20 € |
130 € |
Además de estos descuentos, se realizará un descuento del 10% del importe total cuando se apunten dos, o más, hermanos.
Artículo 5. Obligación de pago.
La obligación de pago del precio público aquí regulado nace desde que se hace efectiva la inscripción.
Si existiese algún tipo de deuda en el pago de cualquier precio público, se tendría que regularizar previamente, para poder efectuar la inscripción.
Artículo 6. Recaudación.
El procedimiento de recaudación se establece de la siguiente manera:
Se pagará presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento. Adjuntando Libro de familia, en el caso de que se inscriban dos o más hermanos, y firmando el documento de matrícula y autorización/responsabilidad paterna.
Artículo 7. Devolución de cuotas.
Se procederá a la devolución de la cuota cuando, por causas no imputables al obligado al pago del precio público, no se preste el servicio o no se realice la actividad en su totalidad. Se procederá, igualmente, a la devolución de la cuota cuando por causas facultativamente reconocidas y acreditadas impidan al participante iniciar las actividades o habiéndolas iniciado, no se haya superado el 50% de las jornadas en cada turno. No se devolverá la cuota en las demás casos o ante suspensiones, aplazamientos o interrupciones puntuales, extraordinarias o ajenas a la organización.
Disposición final.
La presente regulación entrará en vigor al día siguiente de ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.