Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
3023
NIG: 19130 44 4 2011 0101883
N28101
Ejecución de Títulos Judiciales 160/2013 jam
Procedimiento origen: Impugnación Laudos Mat. Electoral 674/2011
Sobre Impg. Laudo Mat. Electoral
Demandante/s: D./D.ª U.G.T.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: D./D.ª Norbert Dentressangle Logistics, María Luisa Fernández García, Alejandra Dieguez Mazo, Mesa Electoral
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.
En Guadalajara a uno de julio de dos mil catorce.
Habiendo resultado negativas las gestiones realizadas para conocer el domicilio o residencia actual de Alejandra Dieguez Mazo y María Luisa Fernández García, de conformidad con lo establecido en los arts. 156.4 y 164 LEC, acuerdo notificar auto denegando Ejecución de fecha 01/10/2013 y consiguiente declaración de archivo.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El/La Secretario/a Judicial.
NIG: 19130 44 4 2011 0101883
N28150
Ejecución de Títulos Judiciales 160/2013 JAM
Procedimiento origen: Impugnación Laudos Mat. Electoral 674/2011
Sobre Impg. Laudo Mat. Electoral
Demandante/s D./D.ª: U.G.T.
Ab ogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: D./D.ª
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 160/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D./D.ª U.G.T. contra la empresa Norbert Dentressangle Logistics, María Luisa Fernández García, Alejandra Dieguez Mazo, Mesa Electoral, sobre Impg. Laudo Mat. Electoral, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
AUTO n.º 72/2013
Magistrado/a-Juez Sr./Sra. D./D.ª Juan Carlos Moreno Gordillo.
En Guadalajara a uno de octubre de dos mil trece.
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo
Denegar la ejecución de solicitada por U.G.T., por contener la sentencia un fallo declarativo, no condenatorio, y por lo tanto no susceptible de ser ejecutada.
Archivar los autos, una vez sea firme la presente resolución, previo desglose de los documentos aportados, dándose de baja en los libros correspondientes.
Librar certificación de esta resolución, que quedará unida a las actuaciones, llevándose su original al libro de resoluciones definitivas.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación así lo acuerda y firma S.S.ª.
El/La Magistrado/a Juez.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Norbert Dentressangle Logistics, María Luisa Fernández García, Ministerio Fiscal, U.G.T., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a uno de julio de dos mil catorce.– El/La Secretario/a Judicial.