Ayuntamiento de Alovera
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NOTIFICACIÓN EDICTAL
No habiéndose podido notificar en el último domicilio conocido, se procede, de conformidad con el artículo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), a notificar mediante el presente edicto la Resolución de la Alcaldía número 915/2014, de fecha 1 de diciembre, cuyo tenor literal es el siguiente:
«ASUNTO: INCOACIÓN EXPEDIENTE 03/2014 BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN DE HABITANTES.
Con fecha cuatro de abril de dos mil catorce ha tenido entrada en el Ayuntamiento de Alovera, con número de registro 1.034, solicitud realizada por don Antonio Pérez Gil con domicilio en Calle San Ildefonso, 28, por la que manifiesta que en su propiedad, sita en el número 26, de la Calle Cañada Real de esta localidad se encuentran empadronadas las siguientes personas:
NOMBRE Y APELLIDOS |
DNI |
JAVIER CARAVIAS FRUTOS |
53.021.277-K |
MARIA ANGELES ZARALLO PASCUAL |
51.571.457-W |
ANTONIO ZARALLO PEREZ |
02.473.046-V |
L. C. Z. (Menor) |
|
DANIEL TORRES ZARALLO |
03.205.713-L |
Los cuales no residen de forma real y efectiva en dicha finca, por lo que solicita la baja en el Padrón Municipal de habitantes de dichas personas.
En virtud del artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia a los interesados.
Visto el informe de comprobación de los hechos que ha sido emitido por parte de la Policía Local de fecha veintidós de noviembre s. referencia 876/2014, en el que se pone de manifiesto que no cumplen con los requisitos mínimos (residencia habitual), del artículo 54.1 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
RESUELVO
PRIMERO. Iniciar expediente 03/2014 para proceder a dar de baja por inscripción indebida a las personas arriba indicadas.
SEGUNDO.- Darles audiencia por plazo de diez días para que presenten las alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes. En caso de no recibir contestación en el citado plazo, se dará la baja de oficio.»
Lo que se notifica, haciendo saber que el presente acto es de trámite, no siendo definitivo en vía administrativa, y que a partir de la notificación del presente queda abierto el trámite de audiencia a los interesados por plazo de diez días para que se presente en las Dependencias de este Ayuntamiento y examine el expediente a los efectos de que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen oportunos. Caso de no recibir en el plazo citado, se procederá a dar la baja de oficio.
En Alovera a 1 de diciembre de 2014.– La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego.