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Anquela del Pedregal
Aranzueque
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Arbeteta
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Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
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Bañuelos
Berninches
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Brihuega
Budia
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Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
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Irueste
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Jirueque
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Luzaga
Luzón
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Majaelrayo
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Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
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Martes, 10 Marzo 2026 08:03

BASES QUE REGIRÁN EL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE OCHO (8) PLAZAS DE ALUMNOS/AS-TRABAJADORES/AS DEL PROGRAMA TALLERES+ " GALÁPAGOS, FUTURO DE COLOR" PARA EJECUTAR EN EL AÑO 2026 Y CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO

641

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AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS


641

PRIMERA. Objeto de la Convocatoria

Es objeto de las presentes Bases la regulación de la convocatoria para la provisión de 8 plazas de alumnos/as trabajadores/as y creación de una Bolsa de Trabajo, de personal laboral temporal en el marco del Programa Talleres+ 2025, para ejecutar en el 2026, dependiente de este Ayuntamiento, al amparo de las ayudas convocadas por la Resolución de 09/04/2025, de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en el marco del Programa Talleres+ (líneas 1 y 2) para el año 2025 y publicada en el DOCM nº74 de fecha 16/04/2025 , y con arreglo a lo establecido en las Bases reguladas en la Orden 189/2024, de 7 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, de 12 de noviembre (DOCM nº218, de 11/11/2024), por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones en el marco del Programa Talleres+

El programa Talleres+ de Pintura Decorativa en Construcción (RD 615/2013, de 2 de agosto).“GALÁPAGOS, FUTURO DE COLOR”

DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

FICHA

GALAPAGOS

GALÁPAGOS, FUTURO DE COLOR

Nivel II

EOCB0110

SEGUNDA. Modalidad del Contrato

La modalidad del contrato será la de formación en alternancia, durante el periodo del programa, acogido a subvención; la modalidad de contrato viene regulada por el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores desarrollado por el Real Decreto 1065/2025 de 26 de noviembre por el que se desarrolla el Régimen del contrato de formación en alternancia previsto en el artículo 11 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el RDL 2/2015 de 23 de octubre y por el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y se establecen las bases de la formación profesional dual; y por la normativa específica incluida en la Orden 189/2024 de 7 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa Talleres +.

Se establece previa convocatoria y realización del oportuno proceso selectivo, así como la correspondiente oferta en la Oficina de Empleo.

La jornada de trabajo será a tiempo completo, incluyendo aprendizaje y trabajo productivo, desarrollándose en una fase.

El horario de trabajo será determinado por la Alcaldía, y tendrá una duración de 6 meses.

TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes

Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:

  1. Línea 1: Tener cumplidos veinticinco años a la fecha de su incorporación al programa.
  2. Ser desempleados/as, entendiendo por tales a las personas demandantes de empleo no ocupados/as registrados/as en las Oficinas Emplea de la Consejería competente en materia de empleo al inicio del programa.
    No obstante, no se requerirá la inscripción en los servicios públicos de empleo a las mujeres víctimas de violencia de género, de violencias sexuales o de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral, a las mujeres en contextos de prostitución, a las víctimas del terrorismo, a las personas trabajadoras con discapacidad que pasen a prestar sus servicios desde el mercado de trabajo protegido de los centros especiales de empleo o enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario, a las personas en riesgo o situación de exclusión social que pasen a prestar sus servicios desde empresas de inserción a empresas del mercado ordinario, así como a las personas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Asimismo, no será precisa la inscripción como demandante de empleo cuando una norma específica así lo prevea.
  3. No haber tenido en esta administración expediente disciplinario abierto/cerrado, haya sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
  4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
  5. Cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente, al menos el día antes del inicio de la actuación, para la formalización de un contrato de formación en alternancia.
  6. Carecer de la competencia o cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, requerida para concertar un contrato de formación en alternancia en prácticas en la materia objeto del programa (título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigentes, o de certificado d profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la ley Orgánica 5/2002 de 19 de junio de cualificaciones y de la formación profesional, que habiliten para el ejercicio profesional del puesto de trabajo objeto del Programa Talleres + para el año 2025 a ejecutar en el año 2026)
  7. Carecer de titulación, competencia o cualificación profesional relacionada con el puesto de trabajo a desempeñar, igual o superior a la que se adquirirá en el desarrollo del programa.
  8. Poseer alguna de las siguientes titulaciones:
    1. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
    2. Estar en posesión de un Certificado de Profesionalidad nivel 2
    3. Estar en posesión de un Certificado de Profesionalidad de nivel 1 de la misma Familia y Área Profesional.
    4. Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio, o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas.
    5. Estar en posesión de un título de Técnico/a o de Técnico/a Auxiliar.
    6. Tener superado el segundo curso completo de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP).
    7. Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45.
    8. Tener las competencias clave nivel 2, necesarias para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente al Certificado de Profesionalidad. Se considerará que un alumno/a tiene superadas las competencias claves en matemáticas y lengua cuando tenga estas asignaturas aprobadas en 4º de la ESO

La selección del alumnado trabajador será realizada en los términos previstos en el artículo 15.3 de la Orden 189/2024, de 7 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, sin perjuicio de la reserva contemplada en el artículo 15.4 de la misma. La selección del/a alumno/a trabajador/a vendrá precedida, en todo caso, de la tramitación de la oferta de empleo por la correspondiente Oficina de Emplea de Castilla la Mancha.

Además, con arreglo a la base 10.2.a, y teniendo en cuenta la adaptabilidad a la oferta de puestos de trabajo, se consideran colectivos prioritarios para participar en el programa Talleres + los siguientes:

  • Las personas desempleadas de larga duración, entendiendo como tales las personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en una oficina de la red de oficinas Emplea de Castilla-La Mancha que lleven doce meses cómo mínimo.
  • Las personas de 52 años en adelante, tendrán preferencia .

CUARTA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias

Las solicitudes (Anexo II) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para las plazas que se opten, se dirigirán al Sr./Sra. Alcalde/sa-Presidente/a del Ayuntamiento de Galápagos-, y se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento (en horario de 9 a 14:00 horas), en la sede electrónica de la Entidad o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, sede electrónica y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Galápagos. El cómputo de plazos lo determinará la publicación en el BOP.

Cualquier forma de presentación que no sea directa en el registro de entrada o sede electrónica, requerirá el envío simultáneo de un aviso indicando tal circunstancia, con la misma fecha de presentación, mediante fax o correo electrónico dirigido al Excmo. Ayuntamiento de Galápagos al a la dirección electrónica Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

La Convocatoria y las bases de las pruebas selectivas, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, la Sede Electrónica, Tablón de Anuncio y página web del Ayuntamiento de Galápagos.

La solicitud deberá ir acompañada por:

  • Instancia de solicitud (Anexo II)
  • Fotocopia del DNI (NIE para ciudadanos/as de la UE o TIE en los demás casos de extranjeros/as) o, en su caso, pasaporte.
  • Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo, actualizada a fecha de presentación de la solicitud
  • Currículum Vitae, donde acreditará los méritos establecidos en la BASE SEXTA
  • Informe de vida laboral actualizado (fecha expedición no superior a 3 meses).
  • Informe de periodos de desempleo
  • Declaración responsable del solicitante, en la que se manifieste que reúne las condiciones físicas y psíquicas necesarias para el desempeño del puesto al que se aspira.
  • Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados.
  • Titulación requerida en la base 3.h.)

La no aportación de la documentación acreditativa dentro del plazo de presentación de instancias determinará la imposibilidad de valorar y computar tales méritos.

El/la participante en el proceso selectivo que falseara o no pudiera acreditar la información proporcionada, será excluido/a del mismo.

Se autorizará a que las Administraciones competentes en este proceso compruebe la veracidad de los datos aportados junto a la solicitud.

QUINTA. Admisión de Aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias para la plaza de alumnos/as trabajadores/as, el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará resolución en el plazo máximo de diez dias declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que se publicará en la Sede Electrónica, Tablón de Anuncios y, se señalará un plazo de cinco días hábiles para presentar alegaciones

Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el BOP, Sede Electrónica y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento .

De ambas listas se informará al Servicio de Formación de la Dirección Provincial de Economía, Empresas y Empleo.

En esta última publicación se hará constar el día en que se convocará a los/as aspirantes para realizar el ejercicio práctico o, en su defecto, la señalará el Tribunal de selección cuando haga público el resultado de la Fase de Concurso.

A partir de las publicaciones anteriormente mencionadas, toda notificación o publicación del procedimiento se realizará únicamente por el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

SEXTA. Criterios de Selección

El proceso de selección de los/as 8 alumnos/as-trabajadores/as se estructurará en dos fases de carácter eliminatorio: La primera fase consistirá en la realización de un ejercicio práctico si el número de solicitantes; y la segunda fase de concurso, consistente en la valoración de los méritos válidamente acreditados, cuya puntuación será acumulativa sobre un total de 70 puntos.

Las Mujeres Víctimas de Violencia de Género tendrán prioridad absoluta, según lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 22 de la Orden de 11/12/2018, siempre que cumplan los requisitos de formación de acceso, si en el Programa Talleres+ se va a impartir un Certificado de Profesionalidad nivel II, que así lo requiere.

A.- Fase de realización de un ejercicio práctico. - En caso de que el número de aspirantes fuese mayor de 18, serán convocados/as a la realización de un ejercicio práctico todos los/as aspirantes admitidos/as conforme a lo referido en la base Quinta; una prueba.

El ejercicio práctico, en su caso, versará sobre las aptitudes de los/as aspirantes para el desempeño de las tareas propias de los puestos de Alumno/aTrabajador/a del Programa Talleres+ y para cursar con aprovechamiento los módulos teóricos y prácticos de la especialidad y consistirá en responder a 20 preguntas cortas de conocimiento sobre el municipio . Y asimismo 2 preguntas abiertas cortas en las que se valorará su respuesta y la capacidad de expresión verbal, y puntuarán a 5 puntos cada una. El tiempo de duración de la prueba será de 10 minutos.

El Tribunal de Selección tendrá facultades para determinar el número de respuestas correctas que supongan la superación de la prueba.

La puntuación máxima de esta fase no podrá exceder de 70 puntos.

Pasarán a la siguiente fase los/as aspirantes con las 18 mejores puntuaciones obtenidas en la primera fase, por orden de puntuación. En caso de empate, pasarán a la fase de valoración de méritos todos/as los/as que obtengan la misma nota de corte, el resto, no.

B.- Fase de valoración de méritos. - Los/as aspirantes que hayan obtenido alguna de las 18 mejores puntuaciones en la fase anterior pasarán a esta fase de valoración de méritos y serán valorados/as hasta un máximo de 30 puntos de acuerdo con las puntuaciones que se detallan

Pertenencia a colectivos prioritarios, máximo 8 puntos.

  1. Parados/as de larga duración (personas demandantes de empleo y servicios, en situación laboral de no ocupadas, registradas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha a la fecha del registro de la oferta, que hayan permanecido inscritas al menos 360 días, dentro de los 540 días anteriores a dicha fecha. Este extremo se acreditará mediante informe de periodos de inscripción como demandante de empleo en la oficina de empleo en la que estén inscritos/as. Se computará hasta un máximo de 4 puntos:
    • Más de 12 meses y menos de 24 meses, 1 puntos.
    • Más de 24 meses y menos de 36 meses, 2 puntos.
    • Más de 36 meses, 4 puntos.
  2. Mayores de 52 años, 4 puntos.

2. Personas con discapacidad, máximo 1 punto.

Personas con discapacidad (minusvalía reconocida igual o superior al 33%). Este extremo se acreditará con certificado de reconocimiento de minusvalía del/a solicitante, expedido por el órgano competente del Centro Base de Guadalajara, y aportará certificado donde conste que puede realizar las funciones y trabajos a en el puesto solicitado.

Las personas con minusvalía y con Incapacidad Permanente (Total o Absoluta) certificado de capacidad o aptitud suficiente para realizar tareas propias de puesto solicitado, emitido por el órgano correspondiente (Centro Base de Bienestar Social de Guadalajara).

3. Personas en situación de exclusión social, máximo 1 puntos

Este extremo se acreditará con certificado de reconocimiento de exclusión social expedido por la Administración correspondiente.

4. Personas víctimas de terrorismo, máximo 1 punto

Este extremo se acreditará con certificado expedido por la administración correspondiente.

f) Las Mujeres Víctimas de Violencia de Género serán directamente seleccionadas, siempre que cumplan los requisitos de formación, si en el Programa Talleres+ se va a impartir un Certificado de Profesionalidad, que así lo requiera. La acreditación de este extremo se realizará a través de Resolución Judicial o informe del Instituto de la Mujer.

2. Situación /Expectativa laboral (Máximo 16 puntos)

  1. Adaptabilidad/Idoneidad con la Especialidad (Máximo 10 puntos):
    • Cursos de formación entre 30 y 60 horas en dicha especialidad o similar 4puntos.
    • Cursos de formación superiores a 60 horas en dicha especialidad o similar (6 puntos).
    • La acreditación de este extremo se efectuará a través de certificado de asistencia o título acreditativo compulsado en el que figuren el número de horas, así como las materias impartidas. Aquellos certificados, títulos o diplomas que no especifiquen la duración en horas no serán valorados.
  2. Perfil Emprendedor (Máximo 6 puntos). Se valorará las siguientes circunstanciasen los últimos 4 años:
    • Haber estado dado de Alta en el Régimen de Autónomos, excepto en la especialidad correspondiente a este Taller de Empleo (3 puntos). La acreditación de este extremo se realizará por medio de un certificado de la Agencia Tributaria.
    • Haber creado una empresa mercantil o una cooperativa de trabajo, excepto en la especialidad correspondiente a este Talleres+ (3 puntos).

3. Otras situaciones. -

Se restarán 10 puntos a aquellos/as candidatos/as que hubieran participado en Programas Mixtos en los últimos 5 años según se detalla:

  • 10 puntos participación en el año 2025
  • 8 puntos participación en el año 2024
  • 6 puntos participación en el año 2023
  • 4 puntos participación en el año 2022
  • 2 puntos participación en el año 2021

SÉPTIMA. Tribunal de Selección

El Tribunal de Selección para la creación de la Bolsa de Trabajo estará compuesto por 5 miembros (Presidente, Secretario/a y 3 Vocales), funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo, designados/as por el Ayuntamiento de Galápagos, así como los/as suplentes respectivos/as, para los casos de ausencia, vacante o enfermedad, y que dispongan de titulación igual o superior al exigido en el proceso selectivo de que se trate.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

Todos los/as miembros del Tribunal deberán tener nivel de titulación igual o superior al exigido para la plaza convocada, debiendo ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad.

La abstención y recusación de los/as miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Los/as miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal de Selección, por mayoría.

OCTAVA. Calificación

CALIFICACIÓN FINAL Y PROPUESTA DE CONTRATACIÓN.

La calificación final será el resultado de sumar la puntuación obtenida en cada una de las dos fases del proceso selectivo.

En caso de empate, se resolverá por el orden alfabético del primer apellido de los/as aspirantes empatados/as, comenzando por la letra “U” (Resolución de 28 de julio de 2025 de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el RD 364/1995, de 10 de marzo. BOE nº184, de fecha 01/08/2025).

El Tribunal propondrá a la Alcaldía - Presidencia de la Corporación la contratación de los/as aspirantes seleccionados/as con mayor puntuación para las 8 plazas de alumno/a-trabajador/a ofertados. En ningún caso el Tribunal de Selección podrá proponer más aspirantes que puestos existentes. El resto de los/as aspirantes pasarán a formar parte de una Bolsa de Empleo por orden de puntuación.

La resolución de la calificación final, así como la propuesta de contratación se publicará en el Tablón de Anuncios, Sede Electrónica y página web del Ayuntamiento, se señalará un plazo de cinco días hábiles para formular reclamaciones. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la calificación final y la propuesta de contratación, que se publicará en el Tablón de Anuncios, Sede Electrónica y en la página web del Ayuntamiento.

NOVENA. Relación de Aspirantes y puntuación. Presentación de Documentos

Una vez terminada la selección de los/as aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en el Tablón de Anuncios, Sede Electrónica y página Web del Ayuntamiento, precisándose que el número de seleccionados/as no podrá rebasar el número de plazas convocadas. Dicha relación se elevará a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación.

Los/as aspirantes propuestos/as aportarán ante la Administración (Registro Municipal), dentro del plazo de tres días hábiles desde que se publican en el Tablón de Anuncios, Sede Electrónica y página Web del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

DÉCIMA. Formación de Bolsa de Empleo

Los/as aspirantes pasarán a formar parte, por orden de puntuación, de una Bolsa de Trabajo para los supuestos de vacante, baja temporal o renuncia del/a aspirante seleccionado/a para el Programa Talleres+ “Galápagos, Futuro de Color” de 2025, a desarrollar en 2026.

La no aceptación de un contrato determinado, sin causa justificada, supondrá la automática exclusión de la Bolsa del/a trabajador/a que lo haya rechazado.

La no aceptación de un contrato determinado de forma justificada, mediante contrato de trabajo o baja médica oficial, supondrá pasar al final de la lista.

Los/as aspirantes que sean llamados en virtud de la Bolsa de Empleo deberán reunir los requisitos establecidos en la base tercera a la fecha de creación de la Bolsa de Empleo y en el momento de su contratación.

UNDÉCIMA. Protección de datos

Los datos de carácter personal facilitados durante el proceso serán incluidos en un fichero cuyo responsable es el Ayuntamiento de Cifuentes con el fin exclusivo de realizar la selección de los/as aspirantes a los puestos convocados, no pudiendo ser cedidos a terceros para ninguna otra finalidad.

El derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de los datos personales podrá ejercitarse en cualquier momento ante el propio Ayuntamiento de Cifuentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y su normativa de desarrollo.

DUODÉCIMA. Incidencias

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las disposiciones contenidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 11/1999 y la Ley 57/2003, en el R. D. Legislativo 781/1986 de 18 de abril, en el RD Leg. 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el R. D. 364/1995, en el R. D. 896/1991, y en la Ley de 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla–La Mancha.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Publíquese esta convocatoria de pruebas selectivas y de sus correspondientes bases en el Tablón de Anuncios y Página Web del Ayuntamiento.

Galápagos, 6 de marzo de 2026. EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo: Guillermo M. Rodríguez Ruano

SOLICITUD DE PARTICIPACION

ALUMNO/A-TRABAJADOR/A EN EL MARCO DEL PROGRAMA TALLERES+ 2025, A EJECUTAR N 2026 "FUTURO DE COLOR” DEL AYUNTAMIENTO DE GALAPAGOS CERTIFICADO: EOCB0110 NIVEL II

DATOS PERSONALES

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI/NIE

 

 

 

PERMISO DE TRABAJO

 

SI

 

NO

 

FECHA DE NACIMIENTO

 

LUGAR DE NACIMIENTO

 

 

DOMICILIO

 

 

LOCALIDAD

 

CÓDIGO POSTAL

 

 

TELÉFONO

 

TFNO. MÓVIL

 

EMAIL:

 

 

MINUSVALÍA

SI

 

NO

 

GRADO

 

INDICAR CUÁL

 

 

 

¿HA PARTICIPADO EN OTROS PROGRAS RECUAL O TALLERES + DE EMPLEO?

 

NO

 

INDICAR CUÁL Y AÑO:

 

 

SITUACIÓN LABORAL

TRABAJA

 

COBRA PRESTACIO

NES

 

COBRA SUBSIDIO POR DESEMPLEO

 

PERCIBE OTRAS AYUDAS

ESTATALES (INDICAR CUÁL)

 

 

FORMACION

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CICLO DE GRADO SUPERIOR

 

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL I

 

 

 

BUP/COU/BACHILLERATO

 

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL II

 

ESO

 

DIPLOMATURA

 

CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL III

 

FP I

 

LICENCIATURA

 

OTROS

 

ESPECIALIDAD FORMACIÓN

 

 

AÑO DE FINALIZACIÓN

 

OTRAS TITULACIONES O

CURSOS DE FORMACIÓN RELACIONADOS CON EL TALLER, EN SU CASO.

 

 

 

                                                     

El/La solicitante declara que reúne todos los requisitos establecidos en las Bases de Selección para participar en el Programa Talleres+ “Galápagos Futuro de Color” promovido por el Ayuntamiento de Galápagos y la Junta de Castilla-La Mancha.

El/La abajo firmante solicita ser admitido/a en el proceso selectivo del Programa Talleres+ “Galápagos Futuro de Color” a que se refiere el presente documento, y acepta las Bases, el procedimiento y requisitos de selección establecidos en dichas normas y en la legislación que rige la selección de personal en las Administraciones Públicas.

Declaro que reúno todos y cada uno de los requisitos, las condiciones físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de este puesto, así como que son ciertos todos los datos declarados por mí.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, queda Ud. Informado/a que los datos de carácter personal que ha suministrado serán incorporados a un fichero automatizado con tratamiento de datos, quedando bajo responsabilidad del Ayuntamiento de Galápagos como titular del fichero, teniendo usted derecho en todo caso a exigir el acceso, rectificación, cancelación y oposición al uso de los mismos en las dependencias de este Ayuntamiento. Los datos recabados tienen por finalidad la realización de acciones facilitadoras de empleo, así como del conjunto de actividades propias de la Agencia de Desarrollo Local, quedando en todo caso garantizado el uso legítimo y seguridad de tales datos de carácter personal.

Autorizo al Ayuntamiento de Galápagos la cesión de datos entre Administraciones y/o Organismos para esta solicitud y a solicitar en mi nombre a otras Administraciones cuanta información sea necesaria. Autorizo a otras Administraciones a suministrar al Ayuntamiento de Galápagos cuanta información sea necesaria en este proceso.

Asimismo, el firmante autoriza al Ayuntamiento información relativa a prestaciones y demanda de empleo en las Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha

En ......................................., a ...... de ............................. de 20.....

Firma

SR ALCALDE/PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS

AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS

SEÑALE SI SE ENCUENTRA EN ALGUNA DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES (sólo si dispone de documentación acreditativa):

MUJER VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

PERSONA VÍCTIMA DE TERRORISMO

 

PERSONA CON RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL

 

 

PARADO/A DE LARGA DURACIÓN

 

MAYOR DE 45 AÑOS

 

 

 

CON DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR AL 33%

 

 

 

INDICAR TALLERES DE EMPLEO, RECUAL… REALIZADOS ANTERIORMENTE (en la localidad y/o especialidad).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2019

2020

Localidad

2022

Localidad

Localidad

2023

Localidad

2021

Localidad

 

 

EXPERIENCIA PROFESIONAL (puede también utilizar la parte de atrás de la solicitud para completar)

EMPRESA PUESTO DURACIÓN
     
     

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Empleo
  • Municipios: Galápagos
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