AYUNTAMIENTO DE LEDANCA
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Por parte de la presidencia se expone la necesidad, con el motivo de dar impulso y celeridad al expediente, de solicitar la delegación de competencias como órgano de contratación, para llevar a cabo la contratación de la “Reforma Fuente Ledanca”, en virtud de subvención concedida por Diputación provincial de Guadalajara en el marco del Fondo de Inversiones Municipales para año 2025 .
PRIMERO.- Delegar en la Alcaldía las competencias de inicio, aprobación, adjudicación, formalización, ejecución y efectos para la contratación de la obra “Reforma Fuente Ledanca”, así como las restantes facultades que la Ley 9 /2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y los reglamentos de desarrollo atribuyen al órgano de contratación; y todo ello conforme al art. 61 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y el art. 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín oficial de la provincia de Guadalajara de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por parte de la presidencia se expone la necesidad, con el motivo de dar impulso y celeridad al expediente, de solicitar la delegación de competencias como órgano de contratación, para llevar a cabo la contratación de la “Adecuación y reformas viviendas” , en virtud de subvención concedida por Diputación provincial de Guadalajara en el marco del Fondo de Inversiones Municipales para año 2026 .
PRIMERO.- Delegar en la Alcaldía las competencias de inicio, aprobación, adjudicación,formalización, ejecución y efectos para la contratación de la obra “Adecuación y reformas viviendas”, así como las restantes facultades que la Ley 9 /2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y los reglamentos de desarrollo atribuyen al órgano de contratación; y todo ello conforme al art. 61 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y el art. 22.4 de la Ley 7 /1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín oficial de la provincia de Guadalajara de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En Ledanca a 26 de Enero de 2026, Firmado por el Alcalde-Presidente D. Rubén Viejo Toledano





