AYUNTAMIENTO DE TENDILLA
4090
Acuerdo del Pleno de fecha 26 de noviembre de 2025, del Ayuntamiento de Tendilla, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 10/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
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APLICACIONES A MINORAR |
APLICACIONES A SUPLEMENTAR |
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
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IMPORTE |
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
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IMPORTE |
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920/202 |
Arrendamientos de edificios y otras construcciones |
875,00 |
1532/210 |
Infraestructuras y bienes naturales. |
7.743,95 |
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920/224 |
Primas de seguros |
5.000,00 |
161/463 |
A Mancomunidades |
209,17 |
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920/226.04 |
Jurídicos, contenciosos |
357,67 |
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920/227.99 |
Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales |
1.000,00 |
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920/489 |
A. Familias e Instituciones sin fines de lucro |
682,43 |
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920/626 |
Equipos para procesos de información |
38,02 |
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TOTAL MODIFICACION |
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7.953,12 |
TOTAL MODIFICACION |
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7.953,12 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Tendilla a 25 de diciembre de 2025. El Alcalde-Presidente: Jesús María Muñoz Sánchez.





