AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE ARAGÓN
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Acuerdo del Pleno de fecha 27 de noviembre de 2025 de la entidad de Molina de Aragón por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público local con mercancías, materiales de construcción, escombros, grúas, andamios y otras instalaciones análogas.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2025, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público local con mercancías, materiales de construcción, escombros, grúas, andamios y otras instalaciones análogas.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://molina-aragon.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario.
En Molina de Aragón, a 30 de noviembre de 2025. Fdo. El Alcalde, Francisco Javier Montes Moreno.





