AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA
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El Pleno del Ayuntamiento de Sigüenza, en sesión ordinaria de fecha 24 de noviembre de 2.025, adoptó acuerdo de aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, en referencia a su artículo 12. Tipos de gravamen, como se detalla a continuación.
- Regulación actual:
Artículo 12. Tipos de gravamen.- El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana será: 0,55%
- Modificación propuesta:
Artículo 12. Tipos de gravamen.- El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana será: 0,52%
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca, por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://siguenza.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Sigüenza a 27 de noviembre de 2.025. La Alcaldesa, María Jesús Merino Poyo.





