DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE INTERVENCIÓN
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En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 17 de octubre de 2025, adoptado por la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, sobre la aproba8ión del expediente de Modificación de Crédito al vigente Presupuesto General de 2025, núm. 38/2025, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distinta área de gasto, que se hace público con el siguiente desglose:
ALTAS EN APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE GASTOS
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
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453 76200 |
Convenio Villares de Jadraque |
15.000,00 |
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453 76201 |
Convenio Zarzuela de Jadraque |
15.000,00 |
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IMPORTE TOTAL |
30.000,00 |
BAJA EN APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE GASTOS
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
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929 500 |
Fondo de Contingencia. Art. 31 de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera |
30.000,00 |
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IMPORTE TOTAL |
30.000,00 |
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Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 179.4, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Guadalajara, a 12 de noviembre de 2025. El Presidente, José Luis Vega Pérez.





