DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO
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De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con la base duodécima de la Convocatoria de Subvenciones para el desarrollo y realización de programas por asociaciones de mayores de municipios de la provincia durante el año 2025, se procede a publicar Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara, de 19 de agosto de 2025, por el que se aprueba la resolución definitiva de la referida convocatoria:
“7.- EXPEDIENTE 1878/2025. RESOLUCIÓN DEFINITIVA DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO Y REALIZACIÓN DE PROGRAMAS POR ASOCIACIONES DE MAYORES DE LA PROVINCIA DURANTE 2025.
El Sr. Presidente da cuenta de que resuelta de forma provisional, por la Junta de Gobierno celebrada el pasado 22 de julio de 2025, la convocatoria de subvenciones para el desarrollo y realización de programas por Asociaciones de Mayores de la provincia se concede a los interesados un plazo de 10 días hábiles para que puedan presentar las alegaciones o documentos que consideren convenientes. Dicha resolución se publica en el B.O.P. nº 144 de fecha 29 de julio de 2025. En la misma, y dado que el importe de las subvenciones concedidas es inferior al importe solicitado se permite a los beneficiarios adecuar sus solicitudes a las cuantías propuestas, siempre que se respete en todo momento el objeto, condiciones y finalidad de la subvención. Esta reformulación consiste en la aportación nuevamente del Anexo II en el expediente correspondiente, en el plazo de 10 días hábiles desde la referida publicación de la resolución provisional en el diario oficial.
Finalizado el plazo de alegaciones concedido (hasta el 12 de agosto de 2025) se constata que no se ha recibido ninguna reclamación o alegación al acuerdo provisional que resuelve el procedimiento en el Registro de este Servicio Gestor. En el mismo período, se localizan en el Registro del Servicio, distintas solicitudes de reformulación. Evaluadas las peticiones de reformulación recibidas y constatado que éstas no afectan al objeto, condiciones ni a la finalidad de la subvención ni suponen ninguna modificación ni alteración de las cuantías de las ayudas propuestas en la Resolución provisional, procede su aceptación debiéndose incorporar a la Resolución definitiva los importes incluidos en las mismas.
Por todo ello, visto el informe de la Jefa de servicio de fecha 13 de agosto de 2025 y los documentos que obran en el expediente y en cumplimiento de lo estipulado en la Convocatoria de subvenciones para el desarrollo y realización de programas por Asociaciones de Mayores de la provincia, año 2025.
La Junta de Gobierno por cuatro votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerdo:
Primero. – Conceder la subvención solicitada a las siguientes entidades para financiar la realización de las actividades recogidas en el Anexo II definitivo del expediente de solicitud una vez concluido el período de reformulación. Las ayudas estarán condicionadas a la justificación final de las mismas:
EXPDTE Nº |
ASOCIACION |
MUNICIPIO |
NIF |
PROGRAMA/ ACTIVIDAD |
Coste Total DEFINITIVO |
Ayuda propuesta DEFINITIVA |
3578/2025 |
ASOCIACIÓN JUBILADOS VIRGEN ANGUSTIAS-VALDEAVERUELO |
Valdeaveruelo |
GXXXXX841 |
Mejora capacidad física |
1.000,00 € |
744,30 € |
3769/2025 |
HOGAR PARROQUIAL DEL JUBILADO |
Marchamalo |
GXXXXX188 |
Actividad recreativa/ cultural |
2.000,00 € |
1.488,60 € |
3831/2025 |
ASOCIACIÓN DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS DE PAREJA |
Pareja |
GXXXXX655 |
Actividad recreativa/ cultural |
1.305,00 € |
1.302,53 € |
3867/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS SAN BLAS |
Espinosa de Henares |
GXXXXX070 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
3870/2025 |
CLUB DE TERCERA EDAD DE MASEGOSO DE TAJUÑA |
Masegoso de Tajuña |
GXXXXX746 |
Mejora capacidad física |
830,64 € |
830,64 € |
3871/2025 |
ASOCIACIÓN CLUB TERCERA EDAD EL CASAR |
El Casar |
GXXXXX226 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
3885/2025 |
ASOCIACIÓN DE TERCERA EDAD DE SACECORBO |
Sacecorbo |
GXXXXX797 |
Otras actividades |
800,00 € |
595,44 € |
3892/2025 |
ASOCIACIÓN DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS DE VALDELUZ- YEBES |
Valdeluz |
GXXXXX760 |
Actividad recreativa/ cultural |
558,23 € |
558,23 € |
3893/2025 |
ASOCIACIÓN TERCERA EDAD DE PERALVECHE |
Peralveche |
GXXXXX953 |
Mejora capacidad física |
1.339,74 € |
1.339,74 € |
3918/2025 |
CLUB DE LA TERCERA EDAD SANTA ANA |
Valdenuño Fernandez |
GXXXXX987 |
Mejora capacidad física |
1.116,45 € |
1.116,45 € |
3934/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE UCEDA |
Uceda |
GXXXXX025 |
Actividad recreativa/ cultural |
2.634,70 € |
1.488,60 € |
3936/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE ALMONACID DE ZORITA |
Almonacid de Zorita |
GXXXXX196 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
3949/2025 |
CLUB DE LA TERCERA EDAD BARBACANA |
Torija |
GXXXXX177 |
Actividad recreativa/ cultural |
1.420,00 € |
1.488,60 € |
3950/2025 |
HOGAR DEL JUBILADO VIRGEN DE LA SALCEDA |
Peñalver |
GXXXXX375 |
Actividad recreativa/ cultural |
3.035,00 € |
1.235,54 € |
3997/2025 |
ASOCIACIÓN TERCERA EDAD LA INMACULADA |
Gárgoles de Abajo |
GXXXXX252 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4013/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS DE MARCHAMALO |
Marchamalo |
GXXXXX639 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4020/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS LOS REMEDIOS |
Albalate de Zorita |
GXXXXX121 |
Mejora capacidad intelectual |
2.420,00 € |
1.488,60 € |
4044/2025 |
ASOCIACIÓN JUBILADOS Y PENSIONISTAS EL VALLEJO |
Illana |
GXXXXX962 |
Actividad recreativa/ cultural |
2.000,00 € |
1.488,60 € |
4050/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS EL ROMERAL |
El Recuenco |
GXXXXX717 |
Actividad recreativa/ cultural |
1.451,39 € |
1.451,39 € |
4063/2025 |
ASOCIACIÓN TERCERA EDAD VILLA DE LUPIANA |
Lupiana |
GXXXXX215 |
Mejora capacidad intelectual |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4064/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS DE CIRUELAS |
Ciruelas |
GXXXXX697 |
Mejora capacidad intelectual |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4067/2025 |
ASOCIACIÓN RECREATIVA, CULTURAL VIRGEN DE LA PUERTA TERCERA EDAD |
Mondéjar |
GXXXXX243 |
Actividad recreativa/ cultural |
2.000,00 € |
1.488,60 € |
4068/2025 |
ASOCIACIÓN DE PERSONAS MAYORES Y TERCERA EDAD DE ESPLEGARES |
Esplegares |
GXXXXX960 |
Otras actividades |
450,00 € |
334,94 € |
4089/2025 |
ASOCIACIÓN DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS DE YUNQUERA DE HENARES |
Yunquera de Henares |
GXXXXX466 |
Actividad recreativa/ cultural |
2.950,00 € |
1.488,60 € |
4091/2025 |
ASOCIACIÓN TERCERA EDAD SAN ISIDRO |
Fuentenovilla |
GXXXXX072 |
Actividad recreativa/ cultural |
1.485,00 € |
1.488,60 € |
4093/2025 |
ASOCIACIÓN COMARCAL DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE BRIHUEGA |
Brihuega |
GXXXXX360 |
Actividad recreativa/ cultural |
1.400,00 € |
1.488,60 € |
4095/2025 |
ASOCIACIÓN CLUB TERCERA EDAD GALÁPAGOS |
Galápagos |
GXXXXX183 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4103/2025 |
ASOCIACIÓN RECREATIVA DE JUBILADOS LOS ALBAREÑOS |
Albares |
GXXXXX275 |
Actividad recreativa/ cultural |
1.326,35 € |
1.326,35 € |
4105/2025 |
ASOCIACIÓN PUENTE DEL ARROYO SALCEDO |
Arbancón |
GXXXXX352 |
Actividad recreativa/ cultura |
2.355,00 € |
1.488,60 € |
4116/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE ALOVERA |
Alovera |
GXXXXX353 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4166/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS VALLE DEL MESA |
Villel de Mesa |
GXXXXX770 |
Actividad recreativa/ cultural |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4167/2025 |
ASOCIACIÓN DE PENSIONISTAS Y JUBILADOS DE ALCOCER |
Alcocer |
GXXXXX609 |
Actividad recreativa/ cultural |
1.031,00 € |
1.325,60 € |
4168/2025 |
ASOCIACIÓN HOGAR DEL JUBILADO DE VILLANUEVA DE LA TORRE |
Villanueva de la Torre |
GXXXXX791 |
Actividad recreativa/ cultural |
2.380,00 € |
1.488,60 € |
4169/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS SEGONTIA |
Sigüenza |
GXXXXX237 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4170/2025 |
ASOCIACIÓN TERCERA EDAD SANTA CRUZ |
Almoguera |
GXXXXX298 |
Actividad recreativa/ cultural |
544,50 € |
405,27 € |
4171/2025 |
ASOCIACIÓN CLUB TERCERA EDAD VIRGEN DEL ROSARIO |
Málaga de Fresno |
GXXXXX377 |
Actividad recreativa/ cultural |
1.500,00 € |
1.488,60 € |
4172/2025 |
ASOCIACIÓN PENSIONISTAS VIRGEN DE LA SOLEDAD |
Fuentelencina |
GXXXXX543 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4173/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS SAN ESTEBAN |
Humanes |
GXXXXX348 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4174/2025 |
ASOCIACIÓN PENSIONISTAS Y JUBILADOS LA ESPERANZA |
Tórtola de Henares |
GXXXXX606 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4175/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS DE CHILOECHES |
Chiloeches |
GXXXXX152 |
Actividad recreativa/ cultural |
2.120,00 € |
1.488,60 € |
4182/2025 |
ASOCIACIÓN CLUB TERCERA EDAD SAN ISIDRO |
Malaguilla |
GXXXXX926 |
Actividad recreativa/ cultural |
1.116,45 € |
1.116,45 € |
4183/2025 |
ASOCIACION DE PENSIONISTAS Y TERCERA EDAD DE PASTRANA |
Pastrana |
GXXXXX787 |
Actividad recreativa/ cultural |
704,00 € |
523,99 € |
4184/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS DE ALHÓNDIGA |
Alhóndiga |
GXXXXX319 |
Actividad recreativa/ cultural |
2.210,00 € |
1.488,60 € |
4185/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS VIRGEN DE LA SOLEDAD |
Horche |
GXXXXX562 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4194/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS SAN BLAS |
Atanzón |
GXXXXX508 |
Mejora capacidad física |
1.488,60 € |
1.488,60 € |
4202/2025 |
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS VIRGEN DE LA SOLEDAD |
Yebra |
GXXXXX155 |
Actividad recreativa/ cultural |
1.525,00 € |
1.135,06 € |
Segundo. – Desestimar la solicitud presentada por la Asociación para la atención al mayor y a la dependencia, con nº de expediente 3593/2025, dado que se comprueba que no cumple la condición de beneficiario de las ayudas, conforme a lo establecido en la base tercera de la convocatoria.
Tercero. – No estimar la solicitud presentada por la Asociación pensionistas Parque Las Castillas, con nº de expediente 4164/2025, dado que la actividad para la que solicita la ayuda no cumple los requisitos para ser subvencionable (solo pueden ser en el ámbito de la provincia de Guadalajara), de conformidad con lo establecido en la base cuarta
Cuarto. - Dar traslado de este acuerdo mediante su publicación en el B.O.P. de la Provincia de Guadalajara, en cumplimiento de lo establecido en la base duodécima, apartado b) de la convocatoria.
Quinto. - Las entidades beneficiarias están obligadas a cumplir las obligaciones derivadas de la obtención de la ayuda, así como a presentar la cuenta justificativa de la ayuda concedida con fecha límite el 31 de octubre de 2025 en los términos establecidos en la base decimoquinta de la convocatoria.
Sexto. - Esta resolución pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida en reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con lo establecido por el artículo 123 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo contencioso administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta publicación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos”.
En Guadalajara, 20 de agosto de 2025. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez.