AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE RANAS
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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.2 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero (TRLOTAU), y en el artículo 157.1 del Reglamento de Planeamiento de la Ley de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto 248/2004 de 14 de septiembre (RPLOTAU), se hace público, que, tras la tramitación legal preceptiva, se ha aprobado definitivamente la Modificación Puntual nº5 de las Normas Subsidiarias de Campillo de Ranas (Guadalajara) aprobada definitivamente por acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en su sesión celebrada el día 05 de septiembre de 2023. Asimismo, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL) y demás disposiciones concordantes, se procede a la publicación del Texto Articulado de las Normas Urbanísticas afectadas por la citada Modificación y que figura como Anexo del presente Anuncio. Esta publicación determinará los efectos señalados en el artículo 42.2 TRLOTAU y en el artículo 157.2 RPLOTAU.
En Campillo de Ranas (Guadalajara) a 21 de julio de 2025. Firmado: El Alcalde, Francisco Maroto García.
Las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Campillo de Ranas (NNSS) aprobadas definitivamente en 1993 y que contaban hasta el momento con tres Modificaciones Puntuales:
- Modificación Puntual Nº1, aprobada definitivamente en 1999 que afecta a la redacción del Capítulo VII de las Normas Urbanísticas de las NNSS.
- Modificación Puntual Nº2, aprobada definitivamente en 2002, con el fin de corregir un error en la delimitación de la zona urbana del núcleo de Campillo de Ranas, y que también afecta a la redacción del Capítulo VII de las Normas Urbanísticas de las NNSS.
- Modificación Puntual Nº3 que fue aprobada inicialmente, pero de forma previa a su aprobación definitiva fue objeto de desistimiento por parte del Ayuntamiento de Campillo de Ranas.
- Modificación Puntual Nº4, aprobada definitivamente en 2023, con el fin de modificación del artículo 2.7.2 del Capítulo 7 de las citadas Normas Subsidiarias, para agregar el uso de SERVICIOS PUBLICOS a la ordenanza y modificar las Condiciones de Ordenación y Edificación de la tipología de Ensanche Extensivo para ese uso, en cuanto a tamaño de solar y retranqueo mínimo a fachada.
- Además del Planeamiento Vigente descrito, en mayo de 2007, se aprobó la "Ordenanza Municipal de la Edificación para la protección de la Arquitectura Negra de la localidad".
El citado planeamiento y normativa queda modificada mediante la Modificación Puntual nº 5 de las Normas Subsidiarias de Campillo de Ranas (Guadalajara) aprobada definitivamente por acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en su sesión celebrada el día 05 de septiembre de 2023, cuyo objeto es redefinir alineaciones que se contemplan en las NN.SS.MM. para la zona norte de Roblelacasa, en contacto con el Casco Antiguo. La Modificación Puntual nº5 de las Normas Subsidiarias de Campillo de Ranas se corresponde con la documentación gráfica que sigue a continuación con atención a la siguiente literalidad:
- Plano.- Ordenación. Clasificación y calificación modificadas
- Plano.- Ordenación. Alineaciones en suelo urbano modificadas