AYUNTAMIENTO DE HIENDELAENCINA
1871
El Pleno del Ayuntamiento de Hiendelaencina, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de junio de 2025 acordó la modificación de la Ordenanza Fiscal municipal reguladora del Impuesto de Construcción, Instalación y Obras, con la aprobación de la bonificación del 95 %, por razones de especial interés o utilidad municipal por la concurrencia de circunstancias sociales, culturales, históricas o artísticas, o de fomento del empleo que la justifican en el municipio de Hiendelaencina, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Hiendelaencina a 12 de junio de 2025. El Alcalde Presidente, Fdo.: Don Mariano Escribano Gismera.