AYUNTAMIENTO DE ALARILLA
1682
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento, así como el Anexo de Personal, a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ESTADO DE INGRESOS:
CAPÍTULO |
DENOMINACIÓN CAPÍTULO |
PREVISIÓN INGRESOS |
1 |
Impuestos Directos |
63.580,00 € |
2 |
Impuestos Indirectos |
6.000,00 € |
3 |
Tasas y Otros Ingresos |
51.250,00 € |
4 |
Transferencias Corrientes |
48.157,40 € |
5 |
Ingresos Patrimoniales |
23.950,00 € |
7 |
Transferencias de Capital |
44.950,00 € |
|
TOTAL |
237.887,40 € |
ESTADO DE GASTOS:
CAPÍTULO |
DENOMINACIÓN CAPÍTULO |
PREVISIÓN GASTOS |
1 |
Gastos de personal |
57.600,00 € |
2 |
Gastos en bienes corrientes y servicios |
70.587,40 € |
3 |
Gastos financieros |
600,00 € |
4 |
Transferencias corrientes |
46.500,00 € |
6 |
Inversiones reales |
62.600,00 € |
|
TOTAL |
237.887,40 € |
Para el PERSONAL FUNCIONARIO: con las cuantías establecidas en el Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio. El personal funcionario municipal se compone de:
- una plaza de Secretaría-Intervención, cuya dedicación es del 30 por ciento de la jornada, al estar agrupado con otros dos municipios para el sostenimiento en común del puesto:
- una plaza de Auxiliar Administrativo, cuya dedicación sería del 20 por ciento de la jornada, estando actualmente vacante, preveyendose su cobertura mediante alguno de los sistemas legalmente permitidos para la figura de funcionario interino por programas, procediéndose, al igual que con la plaza de Secretario-Interventor, a su cobertura de manera agrupada:
Denominación del puesto |
Secretaría-Intervención |
Número de Vacantes |
1 |
Nivel |
A1 |
Complemento de Destino |
30 |
Denominación del puesto |
Auxiliar-Administración |
Número de Vacantes |
1 |
Nivel |
C2 |
Complemento de Destino |
17 |
Para el PERSONAL LABORAL: con las cuantías correspondientes de conformidad con el Convenio Colectivo que resulta de aplicación. Cabe distinguir entre:
- Personal laboral fijo, con contrato indefinido a jornada parcial (50 por ciento). Siendo sus características
- Personal laboral temporal, cuyo contrato está cofinanciado con cargo al Programa de Apoyo Activo al Empleo (convocatoria 2024), de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, procediéndose a su cobertura de conformidad con lo establecido en las Bases Reguladoras de las citadas ayudas. El coste subvencionado, de conformidad con la Propuesta de Resolución Provisional publicada, asciende a 9.300 euros.
Denominación del puesto |
Peón de Usos Múltiples |
Categoría |
Laboral Fijo |
Número de Vacantes |
0 |
Denominación del puesto |
Peón de Usos Múltiples |
Categoría |
Laboral Temporal |
Número de Vacantes |
1 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Alarilla, a 29 de mayo de 2025. El Alcalde-Presidente, D. Alberto Yáñez Pérez