AYUNTAMIENTO DE VALDELCUBO
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Aprobado definitivamente por este Ayuntamiento de Valdelcubo, el Presupuesto General junto con las Bases para su Ejecución y Plantilla de Personal para el presente ejercicio de 2021, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, se da publicidad al presente:
RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPITULOS
PRESUPUESTO DE GASTOS
CAPITULO CONCEPTO CONSIGNACIÓN 1 Gastos de personal 11.462,26.-
2 Gastos corrientes en bienes y servicios 22.304,74.-
3 Gastos financieros 300,00.-
4 Transferencias corrientes 433,00.-
6 Inversiones reales 35.700,00.-
7 Transferencias de capital 0,00.-
8 Activos financieros 0,00.-
9 Pasivos financieros 0,00.-
TOTAL EUROS 70.200,00.-
PRESUPUESTOS DE INGRESOS
CAPITULO CONCEPTO CONSIGNACION
1 Impuestos directos 11.632,74.-
2 Impuestos indirectos 0,00.-
3 Tasas, precios públicos y otros ingresos 7.504,93.-
4 Transferencias corrientes 9.393,00.-
5 Ingresos patrimoniales 16.669,33.-
6 Enajenación de inversiones reales 0,00.-
7 Transferencias de capital 25.000,00.-
8 Activos financieros 0,00.-
9 Pasivos financieros 0,00.-
TOTAL EUROS 70.200,00.-
PLANTILLA DE PERSONAL
A) FUNCIONARIOS
- Denominación de la plaza: Secretaría-Intervención.
- Grupo/Subgrupo: A/ A1.
- Número de puestos: 1
- Complemento de destino: 23
- Observaciones: En Agrupación con los Ayuntamientos de Paredes de Sigüenza, Valdelcubo, Sienes y Tordelrábano.
Contra la aprobación definitiva del presente Presupuesto General, las personas y entidades a las que se refiere los artículos 63.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 170.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos enumerados en el número 2 del mencionado artículo 170, podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a tenor de lo dispuesto en el Art. 171.1 del del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el Art. 10.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Valdelcubo, a 23 de Octubre de 2021.El Alcalde,Fdo.: Pedro Ranz Pérez