AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS
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PRIMERA: OBJETO.
El Ayuntamiento de Galápagos ha solicitado acogerse a la Resolución de 19/05/2021 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, Reguladora de la Concesión de subvenciones para financiar proyectos para el empleo de personas jóvenes cualificadas, desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciada por el Programa Operativo de Empleo Juvenil, para el Ayuntamiento de Galápagos, para la realización de tres proyectos de interés para la Comunidad.
Los contratos tendrán una duración de 12 meses, y la jornada será de 37,5 horas semanales, de lunes a viernes, el horario se establecerá en el contrato. Los trabajadores habrán de disfrutar, en todo caso 22 días laborables de vacaciones.
Se convocan las siguientes plazas:
- 1 PLAZA DE GRADO ARQUITECTURA O GRADO ARQUITECTURA TECNICA.
- 2 PLAZAS DE TITULADOS EN FP GRADO MEDIO O CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD PARA EL PROYECTO DE GESTION E INFORMACIÓN SOBRE RECICLADO DE RESIDUOS
- 1 PLAZA FP GRADO MEDIO FP GRADO SUPERIOR ESPECIALIDAD RELACIONADA CON ADMINISTRATIVO, ARCHIVOS Y DOCUMENTACIÓN.
- 1 PLAZA DE GRADO EN MAGISTERIO, GRADO EN BIBLIOTECONOMIA O GRADO EN FILOLOGIA HISPÁNICA O DE OTRA LENGUA.
SEGUNDA: CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.
Podrán presentar solicitud las personas que reúnan los siguientes requisitos:
- - Personas mayores de 18 años y menores de 30 años.
- - Estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).
- - Estar en posesión del título universitario, o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes o certificado de profesionalidad.
TERCERA: PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y ADMISIÓN.
El Ayuntamiento de Galápagos ha presentado, en la oficina de empleo de Guadalajara, oferta de empleo público. Esta oficina de Empleo, realizará el sondeo e informará a los demandantes que reúnan los requisitos, para que, si así lo deciden soliciten participar en el proceso de selección, y les remitirá una carta de presentación a los candidatos, que entregarán en el Ayuntamiento junto con la solicitud, una vez abierto el plazo.
También podrán presentar solicitud para participar en este programa aquellas personas que reúnan los requisitos exigidos en la Base Segunda.
Los interesados podrán presentar su solicitud, que se facilitará en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Galápagos, debiendo adjuntarse la documentación que a continuación se detalla:
- Fotocopia del D.N.I. o Permiso de Residencia en caso de Extranjeros.
- Titulación.
- Certificado de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
En el supuesto de no presentación correcta de la documentación exigida, o, la documentación no esté justificada según las instrucciones dadas, y, salvo casos de fuerza mayor aprobados por la Comisión de selección, no serán valoradas por la misma.
La comprobación de aportación de documentos o datos falsos será causa de exclusión inmediata del candidato.
QUINTA: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
La convocatoria se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web Municipal.
Las solicitudes de participación, así como la documentación adjunta se presentarán en la Oficina de Registro del Ayuntamiento de Galápagos y en la forma que determina la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes de participación, así como la documentación adjunta se presentarán en la oficina de Registro del Ayuntamiento de Galápagos y en la forma que determina la Ley 39/2015, de ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SERÁ DESDE EL 1 AL 15 DE OCTUBRE DE 2021, AMBOS INCLUSIVE
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará Resolución en el plazo máximo de dos días, declarando la lista provisional de admitidos y excluidos. La Resolución se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Galápagos y en la página web del Ayuntamiento. Se dará un plazo de 3 días para efectuar alegaciones. Transcurrido dicho plazo se publicará la Lista definitiva mediante Resolución de Alcaldía.
SEXTA: COMISIÓN DE SELECCIÓN.
- Composición de la Comisión de Selección: La Comisión de Selección estará compuesta por Funcionarios y Personal Laboral de la siguiente forma: Presidente, Secretario y Tres Vocales.
Todos los vocales deberán contar con titulación académica igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada.
La designación de los Miembros de la Comisión se hará pública en el Tablón de Anuncios Municipal. - Actuación y Constitución de la Comisión de Selección.
Los Miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente de la Comisión de Selección, cuando concurran en ellos circunstancias delas previstas en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Selección cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.
Previa convocatoria el Presidente constituirá la Comisión de Selección, con la asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad, al menos de sus vocales, titulares o suplentes. En dicha sesión la Comisión de Selección, acordará todas las decisiones que corresponda en orden al correcto desarrollo de la selección.
A partir de su constitución, la Comisión de Selección, para actuar válidamente requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o, en su caso de quienes les sustituyan y la mitad al menos de sus vocales, titulares o suplentes.
A lo largo del proceso selectivo, la Comisión de Selección resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que debe hacerse en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la Comisión de Selección, se ajusta en todo momento a lo dispuesto en la Ley 35/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Comisión de Selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para la correspondiente selección, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especiales técnicas.
La Comisión de Selección, tendrá su sede en el Ayuntamiento de Galápagos, C/ Del Silo s/n Galápagos (Guadalajara), donde atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con esta selección.
SEPTIMA: SELECCIÓN DE LOS ASPIRANTES.
El sistema de selección de aspirantes, se realizará mediante la comprobación y valoración de los criterios de selección requeridos por la Orden 131/2018 y la adecuación al perfil de los puestos de trabajo al que hace referencia la presente convocatoria.
OCTAVA: CRITERIOS DE SELECCIÓN:
La valoración de las solicitudes se realizará, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la Base Segunda de la siguiente forma:
- - Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, aportando la documentación legal y en vigor donde se justifique dicha condición. CON UN VALOR DE 5 PUNTO
- - Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, según el criterio siguiente:
GRADO DE DISCAPACIDAD |
PUNTOS |
IGUAL AL 33 % |
0,5 PUNTOS |
DEL 33% AL 66% |
1 PUNTO |
DEL 66% EN ADELANTE |
2 PUNTOS |
- - Personas que tengan mayor antigüedad en la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, según se establece:
Antigüedad en la inscripción SNGJ |
Puntos |
0-1 AÑO |
1 |
1-2 AÑOS |
2 |
2-3 AÑOS |
3 |
3-4 AÑOS |
4 |
4-5 AÑOS |
5 |
MAS DE 5 AÑOS |
6 |
- - Experiencia Profesional:
- Trabajos realizados en cualquier administración pública relacionados directamente con el puesto de trabajo que se solicita: 0,1 puntos por mes trabajado, con un máximo de 2,4 puntos
- Trabajos realizados en empresas privadas relacionados directamente con el puesto de trabajo que se solicita: 0,1 punto por mes efectivamente trabajado, con un máximo 1,2 puntos
Con un máximo de 16,6 puntos
NOVENA: LISTA DE ASPIRANTES.
- Finalizada la valoración de los méritos, la Comisión de Selección hará pública, en la sede del Ayuntamiento, la propuesta de aspirantes aprobados, que será elevada al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento para que dicte la oportuna Resolución ratificando la propuesta de la Comisión.
- Una vez dictada la Resolución se hará pública la lista de probados en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página Web municipal.
DÉCIMA: PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
Los candidatos seleccionados deberán presentar, en el plazo máximo de dos días naturales, desde la publicación de las litas, de la documentación siguiente:
- Tarjeta de la Seguridad Social.
- Datos bancarios
- Cualquier otra que sea requerida para efectuar la contratación.
Quienes transcurrido dicho plazo de dos días, salvo caso de fuerza mayor suficientemente acreditada, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
UNDÉCIMA:
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de la Comisión de Selección podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Administración, podrá, en su caso proceder a la revisión de las resoluciones de la Comisión conforme a lo previsto en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Galápagos, 21 de septiembre de 2021. El Alcalde-Presidente Fdo. Guillermo M. Rodriguez Ruano