AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
2459
No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente nº 969/2021 de SUPLEMENTO DE CRÉDITO, aprobado inicialmente en sesión plenaria de 1 de julio de 2021 , y publicado en el Tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia nº 134 de fecha 15 de julio de 2021, queda elevado a definitivo, en los términos que constan a continuación:
Altas de crédito - aplicaciones de gastos:
Aplicación Presup. | Denominación | Créditos totales | Suplemento |
171.060.903 | Parques y jardines: Cubierta recinto ferial | 649.815,75 | 165.000,00 |
342.063.201 | Cubierta y mejora suelo pistas pádel | 115.000,00 | 35.000,00 |
TOTAL | 200.000,00 |
Como medio de financiación - Baja:
Aplicación Presup. | Denominación | Crédito disponible | Detraer |
920.060.901 | Adquisición y Urbanización parcela C/ Cigüeña | 200.000,00 | 200.000,00 |
TOTAL | 200.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Marchamalo, a 6 de agosto de 2021. El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Marchamalo, Rafael Esteban Santamaría