AYUNTAMIENTO DE HONTOBA
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 9 de julio de 2021, de modificación presupuestaria nº 1/2021, crédito extraordinario financiado con cargo al remanente de tesorería, como sigue a continuación:
Presupuesto de Gastos
CAPÍTULO DESCRIPCIÓN IMPORTE |
I Gastos de personal 9200.- € |
Presupuesto de Ingresos
CAPÍTULO DESCRIPCIÓN IMPORTE |
VIII Remanente de Tesorería 9200.- € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Hontoba, a 6 de agosto de 2021. Fdo. Alcalde-Presidente, Pedro David Pardo de la Riva