AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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(CÓDIGO CONVOCATORIA BDNS 575949)
CONVOCATORIA QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS AL SECTOR HOSTELERO PARA LA ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE BOLARDOS.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 13 de julio de 2021 se han aprobado la convocatoria y bases específicas de la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:
OBJETO:
La regulación de la convocatoria y concesión de las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, a través de la Concejalía Europa, podrá otorgar, a fin de colaborar en la financiación de la adquisición e instalación de bolardos en aquellas terrazas donde sea obligatorio su colocación, que realicen los establecimientos hosteleros ubicados en el término municipal de Azuqueca de Henares para adecuarse a la Ordenanza Municipal Reguladora de Terrazas de Establecimientos de Hostelería y Restauración con Finalidad Lucrativa.
PARTIDA PRESUPUESTARIA
Esta subvención, convocada por el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, se financiará con fondos propios, destinándose un importe máximo total de 20.000 euros, que serán contabilizados en la partida presupuestaria 431277000.
REQUISITOS:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas que contemplan las presentes bases los establecimientos hosteleros del municipio de Azuqueca de Henares que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar dados de alta en uno de los siguientes epígrafes de actividad económica: restaurantes (671), cafeterías (672), bares (673), servicio de chocolaterías, heladerías y horchaterías (676), así como en cualquier otro que cuente con licencia de actividad de terraza.-- Tener la correspondiente licencia municipal de apertura del local o trámite que la sustituya, la licencia de actividad de la terraza y la autorización de ocupación del año en curso.
- Haber acometido inversiones en la adquisición e instalación de bolardos en el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2021.
- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria, así como al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes, junto con toda la documentación, deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el Servicio de Atención a la Ciudadanía.
El plazo de presentación de solicitudes de subvención se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria. Las facturas y resto de documentación que los interesados hubieran aportado ya al Ayuntamiento de Azuqueca de Henares con anterioridad a la publicación de estas bases, no deberán ser aportadas de nuevo.
En tanto no se haya agotado el crédito asignado a este efecto, se tramitarán estas ayudas, estableciéndose como fecha límite para la presentación de las solicitudes 31 de diciembre de 2021.
Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran a disposición de los solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento, a través del siguiente enlace:
https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/945b0302-56b5-4293-ac4e-adfe87292048/
En Azuqueca de Henares, a 20 de julio de 2021. Fdo. el Alcalde, D. José Luis Blanco Moreno