AYUNTAMIENTO DE YÉLAMOS DE ARRIBA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el RDLeg. 2/2004, de 05 de marzo
TEXTO MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA TASA POR OCUPACIÓN TERRENOS USO PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA
“Disposición Adicional Primera. Efectos Económicos Crisis Sanitaria Covid-19.
Lo dispuesto en esta Ordenanza no será de aplicación a los supuestos de ocupación de la vía pública con mesas y sillas para terrazas durante el año 2020.”
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Yélamos de Arriba, a 07 de Octubre de 2020. Fdo.: Octavio Fernández Prieto, Alcalde Presidente