AYUNTAMIENTO DE ABLANQUE
2119
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo inicial del Pleno del Ayuntamiento de 20 de septiembre de 2019, publicado en el Boletín oficial de la Provincia n º 85, de fecha 07 de mayo de 2020 relativo a la modificación inicial de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica como anexo a este anuncio el texto íntegro de la citada Ordenanza.
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Ablanque a 29 de julio de 2020. El Alcalde. Fdo. José Luis Sancho del Castillo
ANEXO
Modificar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en su artículo 3, estableciéndose las bonificaciones siguientes:
- Del 50 por 100 de la cuota del impuesto a favor de las construcciones, instalaciones u obras mayores de rehabilitación que se realicen en el casco urbano de la localidad y cuya fachada exterior se ejecute de piedra.
- Del 95 por 100 de la cuota del impuesto a favor de las construcciones, instalaciones u obras mayores de nueva construcción o de rehabilitación únicamente de fachada exterior cuando se ejecute de piedra.