AYUNTAMIENTO DE ALMOGUERA
75
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por “DISTRIBUCIÓN DE AGUA A DOMICILIO INCLUIDOS LOS DERECHOS DE ENGANCHE” , cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para regular la cuantía a pagar en función del diámetro de conexión a la red, lo que supone modificar el Artículo 6 de la Ordenanza mencionada de la siguiente manera:
- “ Cuota mínima diámetro de ( media pulgada)….. 15,03 euros.
- Cuota mínima diámetro de una pulgada …. 40 euros.
- Cuota mínima diámetro de 0,40…. 60 euros.
- Cuota mínima diámetro de 0,50…. 75 euros.
- Cuota mínima diámetro de 0,60…. 100 euros.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Almoguera a 8 de Enero de 2020. Fdo. El Alcalde. Don Luis Padrino Martínez