AYUNTAMIENTO DE ALUSTANTE
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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2019 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
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A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
295.000,00 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
112.760,00 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
152.220,00 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
27.020,00 € |
CAPÍTULO 5: Fondo de contingencia |
3.000,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
69.700,00 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
69.700,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
0,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
364.700,00 € |
ESTADO DE INGRESOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
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A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
330.500,00 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
71.465,00 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
3.340,00 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
89.680,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
82.800,00 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
83.215,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
34.200,00 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
34.200,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
364.700,00 € |
RESUMEN PLANTILLA PERSONAL |
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Funcionarios 1 Secretario-Interventor (interino) Laboral Fijo 1 Bibliotecario Laboral Temporal 1 Auxiliar ayuda a domicilio Operario servicios multiples 1 Limpiadora Eventual 1 |
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TOTAL PLANTILLA |
5 |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Alustante, cuatro de noviembre de dos mil diecinueve. La Alcaldesa, Rosa Abel Muñoz Sánchez