AYUNTAMIENTO DE VALDEAVELLANO
3339
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha de 16 de octubre de 2019, sobre expediente de modificación de créditos 2/2019, en la modalidad de crédito extraordinario, y cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
ESTADO DE GASTOS: EN AUMENTO |
|
|
|
CAPÍTULOS |
|
Cuantía en aumento |
|
2 |
GASTO CORRIENTE EN BIENES Y SERVICIOS |
|
6.000,00 |
|
|
TOTAL |
6.000,00 |
ESTADO DE GASTOS: EN DISMINUCIÓN |
|
|
|
CAPÍTULOS |
|
|
Cuantía en disminución |
2 |
GASTO CORRIENTE EN BIENES Y SERVICIOS |
|
6.000,00 |
|
|
TOTAL |
6.000,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, conforme al artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Valdeavellano, 27 de noviembre de 2019.El Alcalde,Fdo. Fernando Ruiz Calvo