AYUNTAMIENTO DE HORCHE
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A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177 de la misma, en relación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, de desarrollo de la Ley anterior, se hace público para general conocimiento que por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día 3 de Septiembre de 2.019, se adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente de modificación de créditos nº 1/2019 (concesión de crédito extraordinario y suplemento de crédito, para financiar transferencias, mediante bajas de otras aplicaciones presupuestarias) que afecta al vigente presupuesto, con arreglo al siguiente resumen por capítulos:
Concesión de crédito extraordinario
Aplicación presupuestaria Descripción euros
920.625 Mobiliario planta baja Ayuntamiento 10.000,00 €
171.609 Otras inversiones nuevas en infraestructuras 7.000,00 €
y bienes destinados al uso general
(Parques y jardines)
Suplementos en aplicaciones de gastos
Aplicación presupuestaria Descripción euros
342.622 Inversión nueva asociada al funcionamiento 10.000,00 €
operativo de los servicios
(Instalaciones deportivas)
150.623 Inversión nueva asociada al funcionamiento 3.000,00 €
operativo de los servicios (Maquinaria)
TOTAL.......................................... 30.000,00 €
2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo servicio, en los siguientes términos:
Aplicación presupuestaria Descripción euros
920.632 Adecuación planta baja del edificio 30.000’00 €
de la Casa Consistorial
TOTAL.............................................................................. 30.000,00 €
Contra el referido acuerdo definitivo podrán interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Guadalajara, recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses a contar desde el siguiente día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, las personas y Entidades a que hacen referencia los artículos 63.1 de la Ley 7/1.985 Reguladora de las Bases del Régimen Local y 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos únicamente enumerados en el número 2 del citado artículo 170.
Horche a 3 de Octubre de 2.019. El Alcalde, Fdo: Juan Manuel Moral Calvete