AYUNTAMIENTO DE MONDÉJAR
1899
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, se hace público el acuerdo de aprobación del siguiente reglamento municipal, que fueron adoptados por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el día veintiocho de marzo de 2018 y que ha resultado definitiva por ausencia de alegaciones durante el trámite de información pública.
En Mondéjar, a doce de junio de 2018. El Alcalde, José Luis Vega Pérez.
REGLAMENTO SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL MERENDERO DEL PILAR
La presente normativa tiene como finalidad, establecer unas normas de uso correcto mínimas y fijar un control de los responsables de la utilización del recinto.
Así, se establece de forma general que dichas instalaciones podrán ser utilizadas durante todo el año por aquellos solicitantes o usuarios que sean autorizados por el Ayuntamiento de Mondéjar en la debida forma y plazo, según las presentes normas de utilización, y siempre y cuando puedan acreditar documentalmente la posesión de dicha autorización ante las autoridades o personal del Ayuntamiento que pudieran requerirles legítimamente la preceptiva autorización expedida al efecto.
Artículo 1º: Solicitantes y usuarios:
Estarán autorizados al uso de las instalaciones del merendero tanto los solicitantes como los usuarios incluidos en la solicitud, de acuerdo a las siguientes reglas:
Se entiende por solicitante aquella persona que cursa la solicitud ante el Ayuntamiento y adquiere la responsabilidad frente a éste de cara al cumplimiento de la presente normativa.
Podrán solicitar el uso de las citadas instalaciones las personas mayores de edad con capacidad legal, que se hallen empadronadas en el municipio.
La prioridad en el uso de la instalación se decidirá por la fecha en que la solicitud se hubiera registrado en las oficinas municipales, teniendo en cuenta que NO se pueden realizar reservas con más de tres meses de antelación al día solicitado.
Se entiende por usuarios autorizados aquellas personas, sean o no empadronados en Mondéjar sin límite de edad, que se integran en la solicitud del solicitante.
Artículo 2º.-Solicitud y Autorización de Uso:
El solicitante realizará la petición al Ayuntamiento de Mondéjar cumplimentando la solicitud en la que aparecerán los siguientes datos:
- Datos personales (Nombre y apellidos, DNI y Domicilio)
- Día que desea utilizar la instalación.
- Número de personas que van a utilizar la instalación.
- Hora requerida de entrada.
- Teléfono de contacto.
A la solicitud se adjuntará fotocopia del DNI/NIE del solicitante.
El Ayuntamiento, siempre y cuando esté disponible la instalación y en función del orden de preferencia establecido en la presente normativa, y siempre previo pago de la fianza correspondiente, emitirá una autorización de uso acorde a dicha petición que será exclusivamente válida para el solicitante y día determinado en la misma.
La autorización emitida por el Ayuntamiento o “Pase” se entregará al solicitante al mismo tiempo que éste solicite la llave de acceso al recinto, y deberá ser portada en todo momento durante el día en que se realice el uso de la instalación. Dicha autorización dará derecho a la permanencia del grupo que porte la misma, incluso aunque no se encuentre el solicitante presente.
Para la entrega de la llave y traslado de autorización o pase, así como para la nulidad de la anulación de la reserva, el solicitante deberá contactar con el personal del Ayuntamiento con la suficiente antelación y siempre en día laborable.
Artículo 3º.- Normas de uso correcto de la instalación:
No será obligada la presencia del solicitante durante la utilización del merendero, no obstante ello no le exime de su responsabilidad tanto del correcto uso de la instalación así como de la limpieza de la misma y los alrededores una vez finalizado el mismo. Igualmente será el responsable de la devolución de la llave de acceso al día laborable siguiente.
El uso de la instalación se realizará de la siguiente forma en orden a la limpieza y recogida del mismo:
Está prohibido el uso de las barbacoas durante la época de peligro alto de incendios forestales. (Al menos del 1 de junio al 30 de septiembre. Este periodo se determina anualmente por la Orden que regula la campaña de prevención de incendios forestales en CLM).
Fuera de la época de peligro alto de incendios forestales está permitido el uso de estas instalaciones en horario diurno, siempre y cuando se adopten las debidas precauciones en el uso del fuego, entre las que se cuentan, al menos, las siguientes:
- No hacer fuego en condiciones de viento racheado o fuerte.
- Permanecer en el lugar mientras haya llama o rescoldos incandescentes, sin desatenderlo en ningún momento.
- Dejar perfectamente apagado el fuego, una vez finalizado su uso, apagando las ascuas, si fuera necesario, con agua. Las cenizas deberán ser recogidas en recipientes y sacadas al contenedor de fuera de la instalación, una vez asegurados que se hallen totalmente apagadas.
- No obstante y para evitar posibles accidentes, en caso de duda, los usuarios dejarán las cenizas de la estufa y barbacoas en su lugar, y serán recogidas por los usuarios del siguiente día u operarios del Ayuntamiento.
Será obligatoria la limpieza de las zonas utilizadas el mismo día que se use el merendero y antes de abandonar la instalación que será, en todo caso, antes de las 09:00 horas del día siguiente al que se ha reservado. Para acometer esas labores el Ayuntamiento pone a disposición de los usuarios productos y materiales de limpieza, que serán utilizados correctamente y depositados nuevamente en el lugar indicado. La basura generada por las personas autorizadas se recogerá en bolsas y será sacada al contenedor situado en el exterior de la instalación. El deterioro, pérdida o rotura debido a un mal uso de estos materiales serán repuestos por el/los usuario/ en su totalidad.
La leña, utensilios de cocción tales como parrillas, calderos, paelleras, etc. deben ser aportados y recogidos por cada usuario.
Se recuerda que debe hacerse un uso racional del agua. La instalación cuenta con un depósito de 200 litros, que sólo se repone durante la noche. Igualmente se informa de que la iluminación está conectada al alumbrado público, por lo que sólo funcionará a partir de la hora programada para las farolas que se encuentran en la zona.
Artículo 4º.-Fianza:
Se establece una fianza de 50 €, a efectos de responsabilidad de buen uso de la instalación.
Dicha cantidad será depositada por el solicitante en el momento de la entrega de la concesión de las instalaciones. El depósito será requisito imprescindible para el uso autorizado de la instalación.
Una vez revisada la instalación por operarios municipales, y si no se observase ningún desperfecto en la misma y se hubieran respetado las normas de uso, se procederá a devolver la fianza depositada.
Artículo 5º.-Sanciones
En caso de incumplimiento de cualquiera de las normas de uso, incluida la no exhibición en el momento de la preceptiva autorización, conllevará una sanción para el solicitante que podrá contemplar la incautación de la fianza más una cantidad equivalente a la valoración municipal de los daños causados en la instalación.
Disposición Final.-La modificación del presente reglamento se entenderá con carácter definitivo si no se produjeran reclamaciones contra el mismo y no entrará en vigor hasta que no se haya publicado completamente su texto en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. Contra el presente acuerdo elevado a definitivo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de que los interesados pueda ejercitar cualquier otro que estimen pertinente.
SOLICITUD DE USO DE LAS INSTALACIONES DEL MERENDERO DEL PILAR
D/Dª.____________________________________________, mayor de edad, con DNI/NIE número:_________________, domiciliado en Mondéjar, c/________________________________, nº _______, piso_____, C.P. ________, y teléfono ________________.
(Se acompaña copia del documento de identidad)
SOLICITA
Autorización para el uso de las instalaciones del merendero del Pilar el día ____ de __________ de ______. La hora requerida de entrada será a las _______ horas, y la salida no superará las 9:00 horas del día siguiente. Dicha instalación será utilizada por ___________personas (número estimado).
DECLARA
Que, se le ha informado de las normas de uso de la utilización de las instalaciones del merendero del Pilar, así como de la Orden de 16-05-2006, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las campañas de prevención de incendios forestales.
Que, es conocedor de la prohibición del uso de barbacoas en la época de alto riesgo de incendio.
Que, se compromete al cumplimiento de las normas de utilización por todas las personas que hagan uso las instalaciones. En caso contrario, podrá incautarse la totalidad de la fianza así como una sanción correspondiente a la valoración municipal de los daños causados en el recinto.
En Mondéjar, a ___ de __________ de 20__.
Firma del solicitante,
Fdo. ________________
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MONDÉJAR
D/Dª.________________________________________________, empleado/responsable del Ayuntamiento de Mondéjar, informa que con fecha _________________ se ha procedido a revisar las instalaciones del merendero del Pilar y se han observado los siguientes desperfectos:
Fdo.:_____________________
DEVOLUCIÓN DE FIANZA
D/Dª.____________________________________________, mayor de edad, con DNI/NIE número:_________________, domiciliado en Mondéjar, C/____________________________, nº _______, piso_____, C.P. ________, y teléfono ________________ he recibido la fianza de 50 € depositada por el uso de las instalaciones del merendero del Pilar.
En Mondéjar, a ____ de ______________ de 20__.
Fdo. ________________________.
AUTORIZACIÓN PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES DEL MERENDERO DEL PILAR
Por la presente se autoriza a D. ____________________________________________________________
con DNI/NIE número_________________, al uso de las instalaciones del merendero del Pilar el día ___ de _____________ de 20___. La hora estimada de entrada serán las ______________ horas, y la salida no superará las 9:00 horas del día siguiente al de la entrada.
En Mondéjar, a ___ de_____________ de 20___.
El Alcalde,
Fdo:________________.
Esta autorización deberá ser portada en todo momento durante el día en que se realice el uso de la instalación. Dicha autorización dará derecho a la permanencia del grupo que porte la misma, incluso aunque no se encuentre el solicitante presente.
Deberá ser exhibida a las autoridades o personal del Ayuntamiento que pudieran requerirles legítimamente la preceptiva autorización expedida al efecto.





