AYUNTAMIENTO DE FONTANAR
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Aprobado por Acuerdo Plenario de fecha 26 de febrero de 2018, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que ha de regir la adjudicación de UNA licencia de autotaxi para el Municipio de Fontanar, se expone al público durante un plazo de quince días NATURALES contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que puedan presentarse las solicitudes de participación por los interesados.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://www.fontanar.es y http://fontanar.sedelectronica.es/lopd.2].
« MODELO DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
CLAÚSULA PRIMERA. Objeto del Contrato
Constituye el objeto del presente pliego la adjudicación en régimen de concurrencia de UNA licencia de autotaxi para el Municipio de Fontanar y la correspondiente autorización que habilita para la prestación de servicios públicos interurbanos ligada indisolublemente a aquella, de conformidad con la Ordenanza reguladora del servicio de auto-taxi, la Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de Ordenación del Transporte de Personas por Carretera en Castilla-La Mancha, el Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos de Transporte en Automóviles Ligeros, y demás normativa aplicable.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación de las licencias de autotaxi será el procedimiento abierto, en el que todo interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones se atenderá a varios criterios, entre otros, la previa dedicación a la profesión en régimen de trabajador o trabajadora asalariado (véase el artículo 12 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transporte en Automóviles Ligeros).
CLÁUSULA TERCERA. Condiciones de Participación
Serán requisitos para la presentación de solicitudes:
— Ser mayor de 18 años, sin exceder de aquella edad que fija el Código de la Circulación o disposiciones complementarias para este tipo de actividad.
— Ser nacional de un país de la Unión Europea.
— Estar en posesión del permiso de conducir de clase B o superior, así como de la autorización para conducir los vehículos a que se refiere el artículo 4.2.f) del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
— Acreditar la titularidad del vehículo en régimen de propiedad, alquiler, arrendamiento financiero, renting u otro régimen admitido por la normativa vigente.
— Acreditar el cumplimiento de las obligaciones de carácter fiscal, laboral y social, incluidas las relativas a las condiciones del centro de trabajo, establecidas en la legislación vigente.
— Acreditar, en el caso de las personas jurídicas, que los conductores que prestan los servicios tienen el certificado exigido por la ley.
— Tener cubierta la responsabilidad civil por los daños que puedan ocasionarse en el transcurso del servicio, por una cobertura mínima de trescientos mil euros (300.000,00 €). Esta cifra se actualizará anualmente con el Índice General de Precios al Consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística o índice que lo sustituya, con fecha de referencia de la fecha en que se otorgue la licencia.
Condiciones específicas de la licencia y del procedimiento:
- No padecer enfermedad infectocontagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión.
- Carecer de antecedentes penales.
- El vehículo aportado debe contar con un mínimo de cinco plazas – y máximo de siete- incluida la persona que conduce
- La antigüedad del vehículo no será superior a dos años.
- La licencia se otorgará por tiempo indefinido, si bien su validez quedará condicionada al cumplimiento de de las condiciones y requisitos establecidos para su obtención y constatación periódica de dicha circunstancia.
- La licencia municipal de autotaxi es de carácter personal e intransferible. No pudiendo ser explotada más que por su titular y no podrá transmitirse ni por negocio “inter vivos” ni “mortis causa”, salvo expresión contraria del Pleno de la Corporación.
- La inactividad de la actividad continuada durante un año o durante tres meses en tres ocasiones en un periodo de tres años dará lugar a la caducidad de la licencia.
- El adjudicatario estará obligado a prestar el servicio de “Parada de Taxi” cuando el Ayuntamiento lo fije y en las condiciones que establezca. Asimismo, el adjudicatario estará obligado, a su costa, a colocar en los lugares del vehículo y con las características que señale el Ayuntamiento, las indicaciones o escudos relativos al servicio y al Ayuntamiento de Fontanar.
CLÁUSULA CUARTA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Fontanar en horario de atención al público, dentro del plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación del servicio de AUTOTAXI EN FONTANAR». La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A»DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA[1]
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo de la normativa de contratación para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
e) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
f) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
g) Certificado negativo de antecedentes penales o equivalente.
SOBRE «B»
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA.
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, ____________________, n.º ___, con CIF n.º _________, en representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente para la contratación del servicio de ___________ por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º ___, de fecha _______, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de ____________ euros y ___________ euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
b) Documentos relativos a los criterios de valoración, distintos del precio, que se deban cuantificar de forma automática.
SOBRE «C»DOCUMENTACIÓN PONDERABLE A TRAVÉS DE JUICIOS DE VALOR
Incluirá aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor.
CLÁUSULA QUINTA. Publicidad
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que los interesados y las Asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores puedan alegar lo que estimen oportuno en defensa de sus derechos en el plazo de quince días (artículo 10 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo).
CLÁUSULA SEXTA. Pago de la Tasa
El precio total del importe de adjudicación deberá ingresarse en la Tesorería municipal en el plazo de un mes a contar desde la notificación de dicha adjudicación.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Garantías
No se establece ningún tipo de fianza provisional.
Se establece una fianza definitiva de 1.000,00 € a satisfacer de acuerdo a la legislación vigente y de forma previa a la firma del contrato.
CLÁUSULA OCTAVA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación.
- Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán de la siguiente maneras:
- Experiencia en el servicio de transporte de viajeros: (1) un punto por año hasta un máximo de (5) cinco puntos.
- Aportación de vehículo nuevo: (5) cinco puntos.
- Aportación de vehículo eléctrico o híbrido: (2) dos puntos.
- Empadronamiento en el municipio de Fontanar: (1) un punto por año, con un máximo de (4) cuatro puntos.
- Experiencia como transportista: (0,50) medio punto por año hasta un máximo de (3) tres puntos.
- Aportación vehículo adaptado a minusválidos (5) cinco puntos.
La experiencia señalada en los apartados a) y d) se acreditará mediante la vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.
La aportación de un vehículo nuevo se acreditará mediante la presentación de la factura y el permiso de circulación del vehículo que acredite la fecha de matriculación.
CLÁUSULA NOVENA. Gastos
El adjudicatario queda obligado al pago de los anuncios e Impuestos que procedan.
CLÁUSULA DÉCIMA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación será la Mesa de Contratación permanente del Ayuntamiento de Fontanar en vigor en el momento de la convocatoria de la misma.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Apertura de Proposiciones
La Mesa de Contratación se constituirá el quinto día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 10:00 horas, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días naturales para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «C», que contienen los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Requerimiento de Documentación
Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor. A continuación se procederá a la apertura de los sobres «B».
A la vista de la valoración de los criterios, la Mesa de Contratación propondrá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
- Disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
- Certificado de antecedentes penales.
- Informe médico que acredite que no se padece enfermedad infectocontagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión.
- Demás acreditativos de los requisitos establecidos en este Pliego.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación de la licencia.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar la licencia dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
— En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
— Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
— En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
— En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Derechos y Obligaciones del Titular de la Licencia
En el plazo de sesenta días naturales contados desde la fecha de la concesión de las distintas licencias municipales, su titular vendrá obligado a prestar el servicio de forma inmediata y con el vehículo afecto al mismo.
Los derechos y obligaciones del titular de la licencia son los que nacen de este Pliego, que tendrá carácter contractual, y de la licencia otorgada por el Municipio, así como los derivados de la Legislación aplicable.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Recursos Administrativos y Jurisdiccionales
Los Acuerdos correspondientes del órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos puede interponerse recurso potestativo de reposición, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, o recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación del Acuerdo.”
En Fontanar a 28 de febrero de 2018. El Alcalde-Presidente. Victor San Vidal Martínez.
[1] De conformidad con el artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.