Ayuntamiento de Illana
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RECAUDACIÓN MUNICIPAL
Edicto DE NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA DE LA DILIGENCIA PRACTICADA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES EN CADA UNO DE LOS EXPEDIENTES
No habiendo sido posible realizar la notificación del embargo de bienes inmuebles practicado en su correspondiente expediente de apremio, al deudor (D) y/o a su cónyuge (C), terceros poseedores (T) y acreedores hipotecarios si los hubiere (A), siempre por causas no imputables a este Ayuntamiento, habiéndose intentado por dos o más veces, según establece el artículo 112, de la Ley General Tributaria (58/2003 de 17 de diciembre), o no conocerse su domicilio actual, se cita a los contribuyentes y demás personas o entidades afectadas por el embargo practicado. Son las relacionados en el Anexo adjunto y se les requiere para que comparezcan al objeto de ser notificados del embargo practicado en el procedimiento ejecutivo de apremio que se sigue.
LUGAR Y PLAZO: La comparecencia deberá producirse en las Oficinas de este Ayuntamiento, en plazo de 15 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este edicto. Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificaron se entenderá producida a todo los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo.
EXP. | NOMBRE | NIF-CIF | D / C / T / A |
2301 | FERNANDEZ DE VILLEGAS PARAMO REMEDIOS | 70.405.038-Z | D |
En Illana a 20 de noviembre de 2014.– Por la recaudación.