Ministerio de Empleo y Seguridad Social
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REMISIÓN DE NOTIFICACIÓN DE RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL DE PRESTACIONES DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LGSS, ART. 209, NÚM. 5, LETRA B.
Por esta Dirección Provincial, se ha iniciado Expediente Administrativo de responsabilidad empresarial de prestaciones por desempleo, contra la empresa que se cita a continuación y los motivos que asimismo se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar:
EMPRESA |
CCC |
TRABAJADOR |
IMPORTE |
PERÍODO |
MOTIVO |
TÉCNICOS CALDEREROS, S.A. |
0111/192630142 |
JOSE PÉREZ BLANCO |
9.146,50 |
26/08/13-30/05/14 |
READMISIÓN DEL TRABAJADOR |
TÉCNICOS CALDEREROS, S.A. |
0111/192630142 |
JUAN ANTONIO MORENO DEL AMO |
10.588,05 |
26/08/13-30/05/14 |
READMISIÓN DEL TRABAJADOR |
Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles, que disponen de un plazo de diez días, contados a partir de la fecha de la presente publicación, para ingresar la cantidad señalada en la cuenta IBAN ES81 2038-4403-2660 0008 4557 de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Bankia, debiendo comunicar tal ingreso a esta Dirección Provincial del SEPE mediante copia del justificante de ingreso.
De no estar conforme con lo anterior, deberá formular por escrito ante e Director Provincial del SEPE las alegaciones que estime pertinentes, en el mismo plazo de diez días, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 32.1 b) del Real Decreto 625/1985, del 2 de abril.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de diez días en la Dirección Provincial del SPEE.
Guadalajara a 14 de octubre de 2014.– El Jefe de Prestaciones, Carlos A. Viejo Engracia.