Ayuntamiento de Marchamalo
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Aprobada por el Ayuntamiento de Marchamalo en sesión ordinaria celebrada el día 14 de abril de 2015, la modificación de la ordenanza reguladora del Servicio municipal de vivienda de mayores en Marchamalo, se hace público, de acuerdo con lo establecido en el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, para que los interesados puedan presentar reclamaciones o sugerencias en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín oficial de la Provincia. En el caso de no presentarse reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
Marchamalo a 15 de abril de 2015.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.