Ayuntamiento de Marchamalo
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ANUNCIO
No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente de amortización de deuda, crédito extraordinario y suplemento de crédito n.º 1/2015, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 22 de abril de 2015, queda elevado a definitivo, en los términos que constan a continuación:
Créditos extraordinarios |
||||
Progr. |
Econ. |
Descripción |
Crédito |
Crédito Extra. |
1532 |
61904 |
Asfaltados de vías públicas |
0,00 |
220.000,00 |
TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS |
220.000,00 |
|||
Suplementos de crédito |
||||
Progr. |
Econ. |
Descripción |
Crédito |
Suplemento |
1710 |
61900 |
Acondicionamiento de zonas verdes y espacios ajardinados |
8.000,00 |
90.000,00 |
0110 |
91300 |
Amortización préstamos largo plazo fuera del sector público |
196.000,00 |
98.236,00 |
TOTAL SUPLEMENTOS DE CRÉDITO |
188.236,00 |
Dichos gastos se financiarán con cargo al remanente líquido de tesorería, de conformidad con lo dispuesto en el número 4 del art. 177 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el art. 36.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, según el siguiente detalle:
Fuente de financiación: Remanente líquido de tesorería |
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Partida |
Descripción |
Importe |
87000 |
Remanente de tesorería para créditos extraordinarios |
220.000,00 |
87000 |
Remanente de tesorería para suplementos de crédito |
188.236,00 |
TOTAL |
408.236,00 |
Contra el presente acuerdo podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOP, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, o bien recurso potestativo de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes, de conformidad con el art. 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Marchamalo a 18 de mayo de 2015.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.