Ayuntamiento de Loranca de Tajuña
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Por Resolución de Alcaldía n.º 54/15, de fecha 13 de junio de 2015, se aprobó la Resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
Teniendo previsto ausentarme de la localidad, desde el 14 al 23 de junio del corriente, resulta conveniente delegar las facultades propias de mi cargo en el Teniente de Alcalde durante esos días.
Teniendo en cuenta que la delegación de facultades está prevista en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local y 44 y ss. del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROFRJEL). Por ello y en base a las atribuciones del artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar las facultades propias de la Alcaldía-Presidencia en el Teniente de Alcalde de esta Corporación Municipal, D. Rafael Pérez González, del 14 al 23 de junio de 2015, ambos inclusive.
SEGUNDO. Remitir la presente resolución al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el Alcalde.
TERCERO. Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre.
Loranca de Tajuña a 13 de junio de 2015.– El Alcalde, Enrique Calvo Montero.