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Acuerdo Junta Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara, de 13 de abril de 2016, por el que se aprueban LAS Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para el mantenimiento de la estructura comercial en el medio rural, para el año 2016
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara, de 13 de abril de 2016 (punto número 33), por el que se convocan subvenciones para el mantenimiento de la estructura comercial en el medio rural, para el año 2016.
BDNS(Identif.): 306320.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en la web de la Diputación Provincial de Guadalajara (http://www.dguadalajara.es/web/guest/promocion-economica-y-empleo).
Primero. Beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios de la ayuda los trabajadores que lleven a cabo su actividad en alguno de los núcleos de población establecidos en la base primera y que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, todo ello, con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria.
En el supuesto de que una misma o varias actividades de las relacionadas en la base tercera, se desarrollen en un mismo establecimiento y sean ejercidas por dos o más personas, únicamente una de ellas podrá ostentar la condición de beneficiario. La presentación de dos o más solicitudes en las que concurran las circunstancias descritas en este párrafo, podrá ser causa de desestimación de todas ellas.
Segundo. Objeto.- El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones para favorecer el mantenimiento y consolidación de la estructura comercial, en los núcleos de población con entidad de nuestra provincia de hasta 500 habitantes de derecho, a fecha 1 de enero de 2015 (cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón municipal a 1 de enero de 2015, del Instituto Nacional de Estadística). Los núcleos de población incluidos son los municipios, pedanías, barrios y entidades de ámbito territorial inferior al municipio. Las urbanizaciones se considerarán, por tanto, integradas en sus municipios correspondientes.
La subvención consistirá en una ayuda económica que contribuya a sufragar la cuota establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con el límite cuantitativo de la consignación presupuestaria fijada por la Excma. Diputación Provincial.
Tercero. Bases reguladoras.- Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobada por el Pleno de la corporación provincial en sesión celebrada el 29 de marzo de 2004, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 59, de 17 de mayo de 2004.
Cuarto. Cuantía.- Las subvenciones se financiarán con cargo a la Partida 422.47904 «Subvenciones de apoyo al pequeño comercio Rural», del Presupuesto de Gastos de la Excma. Diputación Provincial para el año 2016. La cuantía total máxima de las subvenciones asciende a la cantidad de ciento veinticinco mil euros (125.000 €).
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las solicitudes y toda la documentación complementaria pueden presentarse en el Registro general de la Diputación de Guadalajara, o conforme a lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sexto. Otros datos.- El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva.
La justificación de las subvenciones concedidas se llevará a cabo antes del día 30 de noviembre de 2016.
Guadalajara, 13 de abril de 2016.– El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, José Manuel Latre Rebled.